ONP no acata sentencias del TC sobre Ley 23908

Del total de las casi 107 mil demandas interpuestas por los pensionistas contra la Oficina de Normalización Previsional (ONP), 9 de cada 10 corresponden a la resistencia de la ONP, quien se niega a acatar las sentencias del Tribunal Constitucional (TC), según informó don Manuel Aragón Carreño, presidente de la Asociación Nacional de Pensionistas (ANP).


Estas demandas se refieren al pago de una pensión mínima según la Ley 23908, promulgada en 1984, que estipula que como mínimo una pensión debe ser de tres remuneraciones mínimas vitales, tres ingresos mínimos legales o tres sueldos mínimos legales, lo que a la fecha sería 1650 nuevos soles.

Es decir, este importante grupo de jubilados está recibiendo pensiones míseras, cuando por ley han ganado el derecho a percibir como mínimo 1650 soles. Para negarse a cumplir, la ONP aduce que la Ley 23908 fue derogada, cuando en realidad este cambio del monto mínimo ocurrió en diciembre de 1992, con la promulgación del DL 25967, por tanto, esta modificación del monto mínimo sólo es aplicable para aquellos pensionistas que se jubilaron después del 19 de diciembre de 1992 (inicio de la vigencia del DL 25967); todos aquellos jubilados antes de esta fecha mantienen el derecho de percibir la pensión mínima de 1650 soles, según la Ley 23908.

Puesto que la ONP se negaba y se sigue negando a pagar como mínimo los 1650 soles a los jubilados antes de diciembre de 1992, éstos interpusieron demandas judiciales, siendo la más importante la sentencia del TC, según EXP. 0703-2002-AC/TC, que declara FUNDADA la demanda de la Asociación Nacional de Obreros Municipales Pensionistas Decreto Ley N.° 19990 y ordena el reajuste de las pensiones.

Pese al fallo del TC, la ONP continúa con su perversa y prepotente contumacia y se niega a acatar, por lo que sigue aumentando el número de demandas, las cuales se fundan en esa sentencia del TC, hecho que los jubilados califican de criminal atropello.

Cuando en el 2000 se puso en evidencia una situación similar, el entonces presidente Valentín Paniagua, con Nº 392-2001-EF, ordenó a la ONP que se allane a las sentencias con un pago de los devengados en una sola armada, con lo cual se solucionó en esa fecha el conflicto.

Ahora, ante la negativa de la ONP, la ANP ha recurrido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para denunciar la brutal violación de los derechos humanos de los afiliados afectados.

Al parecer, el gobierno está esperando que muera el mayor número de jubilados para burlar el pago de sus devengados, mientras enriquece con millonarias consultorías a estudios jurídicos y tercerizadoras.
En las elecciones mucho se habló de las cualidades “democráticas” del presidente García, pero los hechos demuestran una grave violación del estado de derecho al negarse cumplir las sentencias de la más importante instancia del Derecho, como es el TC.

Así, García paga alegremente la deuda externa, derrocha en millonaria propaganda en televisión, radio, prensa escrita y avenidas, pero cuando se trata del derecho ganado y de los derechos humanos de los sectores más vulnerables, como son los adultos mayores, la respuesta es la indolencia.

En realidad no basta que ahora la ONP se allane, los funcionarios responsables de estas violaciones deberían ser procesados para que respondan con su patrimonio por estos atropellos, que la ley debería sancionar con mucha más severidad, dado el alto cargo de los implicados y el serio daño que ocasionan no sólo a los jubilados, sino a la sociedad en su conjunto, pues son causantes de injusticia, conflicto y desprestigio de las instituciones estatales.