Grupo Jorge Basadre

Sobre el D.S N. º 035-2014-RE del 20 de agosto del 2014

La reciente Carta aprobada según Decreto Supremo N.º 035-2014-RE del 20 de agosto del 2014, sobre el límite exterior —sector sur— del dominio marítimo del Perú, recoge la preocupación reiteradamente expresada por el Grupo Basadre, referida a la real y legítima extensión de la línea de costa peruana que finaliza en el Punto Concordia.

detalle frontera mar tierra Concordia

 La ley N.º 30223, que adecúa las líneas de base luego del fallo de la Corte Internacional de Justicia, presentaba un vacío que pudo restar solidez a la posición del Perú sobre su soberanía respecto del triángulo de 3.7 hectáreas ambicionado por Chile, al dejar sin efecto el punto 266 y el sector de la línea de base entre el inicio de la frontera marítima y el Punto Concordia.

Si bien es cierto que la Carta anexa al referido Decreto Supremo grafica un detalle ampliado señalando, que la línea de costa llega hasta el Punto Concordia, sería necesario precisar mediante un dispositivo con rango de ley que esta línea está trazada sobre la bajamar.

Finalmente, reiteramos, una vez más, que la posición chilena referida a que el Hito 1 es el inicio de la frontera terrestre en la costa, vulnera abiertamente lo dispuesto por el Tratado de Paz de 1929.

El Consejo Directivo
Jorge Brousset (Presidente), Carlos Larrañaga, Gonzalo Fernández, Fausto Alvarado, Fernando Bryce
Aprobado por Asamblea General Extraordinaria
Agosto 22, 2014.

carta fallo