César Reaño Reaño* 

El denominado Muelle Norte del Puerto del Callao fue concesionado a APM Terminals, quienes se comprometieron a desarrollar el puerto respetando la libre competencia y su compromiso con los trabajadores portuarios; sin embargo a la fecha no muestra los avances de infraestructura según contrato, no cumple con los trabajadores portuarios y ha comenzado a monopolizar los servicios básicos y esenciales portuarios como: recojo de residuos, vituallas, entre otros, favoreciendo solo a un operador de su conveniencia, a pesar de que la Ley de Puertos 27943 preceptúa lo siguiente en su Artículo 14:
entrada APM Terminals
14.3 En el ejercicio de las actividades y los servicios portuarios en los puertos de uso público, los integrantes del sistema portuario nacional observan los siguientes principios:
a)Libre competencia. Están prohibidas las prácticas que constituyan abuso de posición de dominio o que sean restrictivas de la libre competencia.
b)No discriminación e igualdad ante la ley. Los Administradores Portuarios están prohibidos de aplicar condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que creen situaciones desventajosas entre Usuarios del Puerto u Operadores Portuarios que sean competidores. No pueden existir diferencias en las condiciones legales a que se encuentran sujetos los Operadores Portuarios, cuando compiten en la prestación del mismo servicio con los Administradores Portuarios.
c)Neutralidad. Los Administradores Portuarios que presten servicios portuarios esenciales directa o indirectamente, o que tengan una posición dominante en algún mercado derivado de la explotación de la Infraestructura Portuaria, están prohibidos de valerse de tales situaciones para prestar otros servicios en condiciones más ventajosas que la de sus competidores.
La actividad portuaria se desarrollará en un marco de libre y leal competencia entre los operadores de servicios, con la finalidad de incrementar los tráficos portuarios y la mejora de la competitividad. Se reconoce la libertad de acceso a la prestación de servicios y al desarrollo de actividades económicas en los puertos.
Este monopolio emprendido por APM TERMINALS, disminuiría la visión y estrategia portuarias sustentadas en los siguientes objetivos:
  1. Analizar los principales retos que enfrentan las empresas marítimas en un ambiente global.
  1. Analizar los mercados de cargas
  1. Analizar los sistemas portuarios.
4. Producir insumos teóricos, ya sea a través de la creación original o de la detección y procesamiento de la información existente.
5. Generar respuestas rápidas a los cambios crecientes en el sector portua- rio-marítimo.
6. Elaborar proyectos de planificación, ejecución y control racional de las actividades desarrolladas en estaciones de transferencia portuaria, terminales interiores de carga, así como la permanencia de buques en puerto.
7. Integrar equipos de trabajo para elaborar proyectos relativos a la economía marítima en entidades públicas y privadas.
8. Desarrollar los ejes, ciudad puerto
Antitécnico y fraudulento
El proceso de concesión portuario que si bien es cierto fue necesario emprenderlo en el Perú por el atraso al que fueron sometidos los puertos, se llevó acabo de manera antitéctica y fraudulenta atentando contra el interés nacional; se llevó a cabo en el siguiente cronograma:
  • 1992, mediante Decreto Ley 25882, se incluye a ENAPU en el proceso de privatización.
  • 1997, se encargó a CEPRI Puertos, la concesión de los puertos de: Callao, Paita, Salaverry, Chimbote, Gral. San Martín, Matarani e Ilo.
  • Puerto de Matarani fue concesionado el 18 de agosto de 1999, a TISUR, consorcio formado por: Ransa, Dionisio Romero y José Antonio Onrubia Romero.
  • Congreso detuvo Ley de Puertos, por protestas nacionales, hasta aprobar la Ley del Sistema Portuario Nacional 27943.
  • 19 de junio 2006, se concesionó el Muelle Sur a DP WORLD.
  • 31 de marzo 2009, se concesionó el puerto de Paita a Consorcio Terminales Portuarios Euro Andinos.
  • 30 de abril 2011, se concesionó Muelle Norte Callao a APM Terminals.
  • 27 de abril 2011, se concesionó puerto de Yurimaguas a Consorcio Portuario Yurimaguas, conformado por: Construcción y Administración SA e Hidalgo & Hidalgo.
  • 30 de abril 2013, fue concesionado puerto de General San Martín a Consorcio Portuario Paracas.
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1-12-2016