chincheroEl general de la Fuerza Aérea peruana   Alberto Thorndike Elmore planteó una serie de cuestionamientos al proyecto de construcción del aeropuerto de Chinchero, Cuzco, los cuales resultan preocupantes para la seguridad en los vuelos en ese lugar.

Leamos:

Señor Presidente del Consejo de Ministros

Señor Ministro de Transportes y Comunicaciones  

Señor Ministro de Economía y Finanzas

Señor Ministro de Educación

Señor Ministro de Cultura

Señores Congresistas, Comisión Transportes y Comunicaciones

Señores Instituto Nacional de Cultura

Señor Viceministro de Transportes  

Señor Director General de Aeronáutica Civil

Señor Director de OACI

Señor Presidente de OSITRAN

Señor Defensor del Pueblo

Señores Gobierno Regional Cusco  

Señores de la Prensa

 

De mi consideración:

 

Algunas consideraciones de carácter aeronáutico y relacionadas, sobre el proyecto Aeropuerto Internacional, instrumental, 24 horas, todo tiempo, de Chinchero, Cusco

El proyecto Aeropuerto Chinchero es un tema de gran controversia pero su discusión técnico-aeronáutico es de vital importancia regional y nacional.

La preocupación más importante de quien escribe, en este camino múltiple de vigilancia, es velar por el derecho a la seguridad de los pasajeros y tripulaciones, derecho que es innegociable y que por convicción estimo que todo esfuerzo en ese sentido es legítimo y que los alcances de la inherente previsión es oportuna. También involucra el deseo de ver la sensatez de las inversiones públicas reflejadas en el costo-beneficio.

Hagamos una reflexión profunda, a base de algunos interrogantes de carácter general, sobre circunstancias y factores –de actualidad y futuro-- que inciden, o podrían incidir, que se presentan, o podrían presentarse, en el inicio de la puesta en marcha de las operaciones aéreas a realizarse en el nuevo aeropuerto de Chinchero, Cusco, y que condicionan, o podrían condicionar, la propia eficacia y bondad de la futura obra aeroportuaria: 

 

  • ¿Qué estudios profesionales, serios, completos y actualizados del espacio aéreo de Chinchero existen? ¿Los mismos incluyen los diseños y respectivos cálculos de los matemáticos patrones de vuelo instrumental hacia y desde el aeropuerto?
  • ¿Qué profesionales calificados suscriben, de existir, aquellos estudios completos y actualizados del espacio aéreo que involucran los diseños de los matemáticos patrones de vuelo instrumental?
  • De existir los teóricos y matemáticos patrones de vuelo instrumental ¿Estos fijan y establecen las coordenadas exactas por las que se ubican en el terreno las variadas instalaciones que integran el sistema de las ayudas electrónicas necesarias para la posición, orientación, dirección de rumbos, velocidades y alturas respectivas de las diversas aeronaves en su vuelo  instrumental hacia y desde el aeropuerto?
  • Debiendo instalarse en el terreno, dentro de un radio de 20 millas del centro de los bienes inmueble expropiados, las diversas ayudas electrónicas que integran la red de los matemáticos patrones de vuelo instrumental ¿El Gobierno Regional Cusco ha recibido de PROINVERSION las instrucciones de detalle a fin de ubicar las mismas donde corresponda de acuerdo a específicas y predefinidas coordenadas, y así estar en condiciones de considerar el correspondiente gasto que demande la adquisición y/o expropiación de las respectivas necesarias áreas, a las que se suman aquellas imprescindibles que ocuparían los respectivos caminos de acceso?
  • Habiéndose expropiado una área de 356 hectáreas de propiedad de las comunidades campesinas emplazadas en Chinchero, en las cuales estará ubicada la pista de aterrizaje y todas las instalaciones operativas, de servicio y apoyo necesarias que demanda el aeropuerto, el área restante y no utilizada de las indicadas, 356 hectáreas Soportará las obligadas ampliaciones futuras que se presenten? ¿La autoridad competente dictará la congelación, para todos los efectos, de los terrenos adyacentes al perímetro del aeropuerto a fin de preservarlos intangibles? De otro modo, con el transcurso del corto plazo ocurrirá la misma circunstancia de ahogo presente hoy en Velasco Astete.
  • Dada la altitud en que está ubicado Chinchero, 3,740 metros, sumada la difícil orografía del entorno, este aeropuerto ofrece serias limitaciones para la operación de las aeronaves tipo commuter que hoy si cubren el servicio regional, encontrándose dentro de esta clasificación gran parte de las flotas aéreas de la FAP, Ejercito, Marina y Policía. Inclusive, los señores planificadores de PROINVERSION no consideran a las aeronaves tipo A, B y C en las Bases y documentos rectores del concurso, de lo que se desprende la siguiente interrogante: Con la entrada en operación del aeropuerto de Chinchero y la imposibilidad de servir a aeronaves commuter ¿Estaría el Cusco aislado del resto del país, inclusive en situaciones de emergencia?
  • Complementa lo expresado líneas arriba lo indicado en la carta notarial cursada al señor Presidente Ejecutivo de PROINVERSION, de fecha 8/1/2013; se adjunta la primera página que muestra el recibido conforme.

 

La finalidad de lo escrito en este largo mensaje es tratar de ser instrumento de trasmisión para los actuales planificadores del proyecto, para aquellas autoridades que tienen el poder de decisión y, principalmente, para los señores de la prensa –y respectivas unidades de investigación-- moduladores de la opinión pública y fiscalizadores de las acciones del gobierno.

 

Cordialmente

 

Alberto Thorndike Elmore

Mayor General Fuerza Aérea del Perú

DNI 08223714

 

 ....

                                                    CARTA  NOTARIAL        

                                                                                  San Isidro, 9 de Enero del 2013

 

 Señor

Javier Illescas

Director Ejecutivo de PROINVERSION

Paseo de la República 3361 - Piso  9no.

San Isidro

                           

                                  Ref. a) Mi carta del 23NOV2012, y cartas que contiene

                                  Ref. b) Su oficio Nº 196-2012/PROINVERSION/SG, del 12SEP2012

                                  Ref. c) Decreto Supremo Nº 043-2003-22ABR2003 y Reglamento

  

De mi consideración:

                 

                      Me dirijo a usted, señor Presidente Ejecutivo de PROINVERSION, en conexión con la referencia a), a fin de colaborar con su institución en la ardua y delicada tarea asignada por las leyes 27528 y 29908, desde que esta última faculta a PROINVERSION a entregar al Gobierno Regional Cusco la información técnica íntimamente vinculada a la expropiación de los necesarios terrenos y aquella que fuera relacionada al respectivo desarrollo del proyecto de llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada para la licitación y entrega en concesión de las tareas de diseño, construcción, financiación, operación, explotación y mantenimiento del nuevo aeropuerto internacional, instrumental, 24 horas, todo tiempo, Clase I ó II, en Chinchero, Urubamba, Cusco.

Al respecto, los siguientes comentarios e interrogantes que emanan, algunas de ellos, de recientes informaciones periodísticas:

 

--El Tribunal Arbitral ha fijado el precio de expropiación de las tierras de propiedad de las tres respectivas comunidades campesinas –356 hectáreas-- a razón de 20 dólares el metro cuadrado, lo que suma la cantidad de 181 millones de soles que el Gobierno Regional Cusco debe honrar (La República 22DIC2012, página 10).

--De otro lado, el Gobierno Regional Cusco destinará más de 80 millones de dólares de su presupuesto para poner en marcha un proyecto de vías rápidas que permitirá mejorar la conectividad entre la ciudad del Cusco y el futuro aeropuerto internacional de Chinchero y alrededores (El Comercio 5ENE2013, páginas 1 y 4).

Ambos gastos devienen onerosos y representan una inversión apresurada y precipitada dado que, a la fecha, continúan en la duda muy importantes aspectos de índole propiamente aeronáutico que aún no han sido debidamente actualizados ni aclarados ni resueltos, y menos justificados con estudios serios realizados por profesionales idóneos, entre ellos: no se tiene conocido los resultados de las bondades del obligado, perentorio y previo estudio del espacio aéreo correspondiente al entorno del área de Chinchero, un radio de 20 millas con centro en la ubicación del terreno expropiado, estudio profesional cuyos resultados y conclusiones deberían haber asegurado y garantizado –antes de la apurada expropiación-- además de elevados estándares de seguridad --inclusive con un motor inoperativo-- la operación rentable de aeronaves tipo A, B, C, D y E, según clasificación OACI, es decir, confirmada la factibilidad técnica-operativa de las operaciones aéreas que realiza-rían las aeronaves de línea, commuter y helicópteros y con la certeza que se dispondría de una instalación aeroportuaria para todo tipo de aeronaves, recién se debería haber procedido con la negociación y expropiación del bien inmueble.

 

                                                                  1 -- 4

 

Lamentablemente, dicho relevante estudio, riguroso y profundo, que podría, posible-mente, ser de importancia gravitacional en la toma de decisiones, se puede afirmar, no existe; a lo que se suma la presencia de otros rubros íntimamente relacionados, también de singular importancia, que se desprenden del incremento y masivo movimiento turístico que movilizaría en el área del Cusco las operaciones aéreas comerciales, de ponerse en operación el aeropuerto en cuestión, en otras palabras, con lo recientemente actuado por PROINVERSION y el Gobierno Regional Cusco, se ha cometido el error de haber puesto a la carreta delante de los caballos.

 

Entre otros aspectos de índole propiamente aeronáutico que aún no han sido debida-mente actualizados ni aclarados ni resueltos, tenemos:

 

  • Meteorología, cortantes de viento
  • Operacionales, consultas y desempeño del parque aéreo militar y policial
  • Expectativa de Proinversión vinculada al aspecto turístico y ambiental: cupos y aforo especialmente en Caminos del Inca y la ciudadela de Machu Picchu, ambas áreas protegidas e intangibles.

 

Meteorología, cortantes de viento

 

Es conocido por estudios y registros realizados por CORPAC en la década de los `80, que existen las condiciones favorables en el área de Chinchero para la presencia de  posibles frecuentes cortantes de viento (o cizalladura del viento), fenómeno climático que ha causado directamente severos accidentes aéreos, especialmente durante momentos críticos de despegues y aterrizajes, en varias partes del mundo; tales condiciones son: áreas de advección térmica (traslado de masas de aire), incluyendo advección de aire frío y de aire caliente (procedente del valle del Urubamba); cercanía a áreas montañosas, así como la fácil formación de nubes cumuliforme en el entorno y, principalmente, asociadas a la magnitud de las frecuentes tormentas eléctricas, que se producen en el área, y otras causas locales; se adjunta para información el Anexo 1, un folio, en el que se muestra el estimado de las condiciones del tiempo pronostica-do para Chinchero, a partir del día 8 de enero hasta fin de mes, del que resulta que en 24 días se presentarían seis días con tormentas eléctricas, lo que hace necesario profundizar dichos estudios y registros, los mismos que han sido descuidados en las últimas décadas y no se tienen a la mano dichas referencias, a pesar de haberse suscrito un nuevo contrato con Advanced Logistics Group, ALG, según su Informe Técnico Nº 01-2012/DPI/SDGP/JPAE.01, del 11ABR2012, adjunto a su oficio Nº 88, del 16ABR2012, en cuyo párrafo Nº 4.6, explica que el 11ABR2011, se encargó a dicha empresa los servicios de asesoría integral para el proyecto Chinchero, siendo una de las actividades: “El estudio de la meteorología del emplazamiento del nuevo AICC”.

 

Operacionales, consultas y parque aéreo militar y policial

 

Como es de su conocimiento, señor Presidente Ejecutivo de PROINVERSION, en repetidas cartas notariales y otras comunicaciones, se recomendó y reiteró, desde el año 2011, a PROINVERSION que cursara el requerimiento de coordinación al Ministerio de Defensa, o a quien corresponda, para que se autorice que el avión presidencial, Boeing 737-500 -desde que este tipo de aeronave está considerada como posible “apta” en los estudios teóricos ya realizados por ALG,  consultores de PROINVERSION-para que realice los vuelos necesarios, tanto normales como en simulada circunstancia crítica, en el área de Chinchero, con los pesos adecuados,  con el fin de --tentativamente-- confirmar la bondad y seguridad de los procedimientos de vuelo, también previstos y diseñados por ALG, recomendación que no ha despertado el interés de los señores planificadores encargados, según su oficio de referencia b).

                                                                    2  - 4

Igualmente, se ha insistido por escrito ante su Agencia la necesidad que se consulte, formalmente, a los fabricantes de aeronaves del mundo para que emitan, a nuestro costo, certificados de detalle garantizando la operación segura y rentable de sus respectivas aeronaves de línea, commuter y helicópteros, en Chinchero, inclusive con un motor inoperativo.

 

Es más, que los resultados operativos obtenidos en estos importantes documentos de consulta y verificación, fueran hechos conocer a los respectivos operadores comercia-les y, especialmente y con prioridad, a los institutos castrenses y policial a fin que se pronuncien, en detalle, sobre si sus respectivos parques aéreos podrían operar en forma eficaz y satisfactoria, en el referido nuevo aeropuerto, lamentablemente, ambas consultas sugeridas, según referencia b), no han sido acogidas por la dependencia a su cargo, hasta la fecha  ¿Por qué?

 

En otras palabras, resulta una incógnita y una incongruencia imperdonable el no haber  confirmado –y obtenido resultados-- ambos sensatos requerimientos antes de haber procedido con original prisa para concretar la millonaria indicada expropiación de terrenos que dispone la Ley 29908; de lo que se desprenden las siguientes interrogantes: ¿Qué ocurriría si luego de un consciente estudio de las capacidades y performances del parque aéreo de los institutos militares y policial, los resultados para operar en Chinchero, en forma eficaz, fueran negativos? Y en caso de siniestros de la naturaleza y/o severos desarreglos sociales en el área del Cusco ¿Qué aeronaves cubrirían las necesidades urgentes de ayuda solidaria y de transporte de tropas?

 

Expectativa de Proinversión vinculada al aspecto turístico y ambiental

 

El señor Presidente de CANATUR, Carlos Canales Anchorena, en declaraciones puntuales y recientes, ha manifestado que hoy se encuentran excedidos y en su punto crítico los cupos de 500 visitantes/día asignados al Camino del Inca y 2,500 visitantes/día a la ciudadela de Machu Picchu, incluidos el personal de guías, cargadores, de control, etc..

 

Resulta claro y cierto que PROINVERSION, y los Consultores ALG, NO han identificado TODOS los posibles impactos del AICC, desde que el ámbito de influencia indirecta del posible aeropuerto de Chinchero –con los 2 y hasta 5 millones de pasajeros/año que se prevé movilizaría, según documento formal de PROINVERSION, que se adjunta, Anexo 2, un folio-- sensible y sustantivo impacto humano al que habría que sumar el necesario y correspondiente porcentaje (conservadoramente el 20%), de incremento del personal local de control, seguridad y apoyo a los diversos servicios del sistema turístico, hoteles, transporte, etc., lo que hace prever que las consecuencias serían alarmantes dado que, indefectiblemente, se produciría un considerable efecto adverso y desproporcionado deterioro, no solo físico, si no en los valores de las zonas ecológicamente sensibles, como también en  las arquelógicas, culturales e históricas, entre otras, así como en los atractivos del área del complejo de 32.000 hectáreas que hoy es área natural protegida e intangible, Patrimonio de la Humanidad y Maravilla del Mundo, hecho que colisionaría con la conocida constante preocupación de las instituciones rectoras nacionales encargadas de la conservación de los monumentos e instalaciones arqueológicas e históricas-culturales, incluida UNESCO.

 

Ergo, los planificadores, al haber hecho abstracción y haber dejado de lado los estudios de relevante circunstancia que se señala –a lo que se suman negativos y graves aspectos operativos-- han contribuido a envilecer, aun más, la concepción, fiabilidad y respectivo desarrollo del proyecto Chinchero.

 

                                                                     3 -- 4            

    

            Señor Presidente Ejecutivo de PROINVERSION, confío en que, amparado en los alcances que establece la referencia c), los criterios, dudas, comentarios e interro-gantes expuestos merezcan ser aclarados en detalle, con precisión y acompañados de formales documentos que los justifique.

 

             Sin otro particular quedo de usted

                                                                                                 Cordialmente

 

  

                                                                                      Alberto Thorndike Elmore

                                                                            Mayor General Fuerza Aérea del Perú

                                                                                                DNI 08223714

 

 Se adjunta lo indicado, dos folios

Copia: Señor Presidente del Consejo de Ministros

Señor Ministro de Transportes y Comunicaciones  

Señor Ministro de Economía y Finanzas

Señor Ministro de Educación

Señor Ministro de Cultura

Señores Instituto Nacional de Cultura

Señor Viceministro de Transportes  

Señor Director General de Aeronáutica Civil

Señor Director de OACI

Señores Congresistas, Comisión Transportes y Comunicaciones

Señor Presidente de OSITRAN

Señor Defensor del Pueblo

Señores Gobierno Regional Cusco  

Señores de la Prensa

 

Pasaje San Alejandro 131, Lima 27