DL 1015 pretende arrebatar tierras de comunidades campesinas
Miro Ruiz


El Decreto Legislativo N.º 1015 pretende dejar sin tierras a las comunidades campesinas del Perú, señala el congresista Miro Ruiz


El poder ejecutivo publicó el 20 de mayo en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N.º 1015, norma cuyo objeto es unificar los procedimientos de las comunidades campesinas y nativas de la Sierra y de la Selva con las de la Costa, a fin de mejorar su producción y competitividad agropecuaria.


El congresista Miro Ruiz manifestó su preocupación por la publicación del citado Decreto al cual calificó de pretender acelerar el proceso de enajenación de las propiedades de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y selva en favor de terceros.

“Este es un instrumento legal destinado a favorecer a las grandes corporaciones mineras y forestales, cuyo propósito es desaparecer a las comunidades campesinas y nativas que resultan un estorbo para el gobierno y sus patrones. Es necesario aclarar que el Congreso le dio facultades al Poder Ejecutivo para legislar en materia relacionada con la implementación del TLC con Estados Unidos y está utilizando estas facultades para legislar en materias no relacionadas con el tema de fondo. Para ello tuvo como argumento la mejora de la competitividad de la producción agraria, sin embargo, me pregunto ¿se mejorará la competitividad de la producción agraria del campesino andino y selvático, vendiendo sus tierras? ¿Se está velando por los derechos ancestrales de las comunidades nativas, constitucionalmente reconocidas? La respuesta es obvia, en ninguno de los casos se logra el objetivo, y sólo se pretende cubrir las expectativas ambicionadas por grupos de empresarios ricos”, aseguró el nacionalista Miro Ruiz al referirse a la cuestionada norma emitida desde el ejecutivo.

Ruiz advirtió que este procedimiento facilitador generará la desmembración territorial de las comunidades campesinas y nativas, pues sólo requerirá el voto a favor del 50% más uno de los miembros asistentes a la Asamblea instalada con el quórum correspondiente (en la práctica sólo se requerirá del 25% de los miembros), y así el dirigente de la comunidad quedará autorizado para disponer, gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto sobre las tierras comunales de la sierra o selva.

En ese sentido, los dirigentes de las aproximadamente 600 comunidades campesinas de la región Huancavelica y otros tantos del resto del país, serían fácilmente tentados para el remate de sus tierras a empresarios mineros, forestales y otros, quienes vienen comprando propiedades de las comunidades a precios irrisorios y con el riesgo de generar conflictos sociales sin precedentes.