Como era de esperar, los defensores del expresidente Alan García dicen que sus bienes no pueden ser incautados de probarse su origen ilícito, pero para otros entendidos en materia penal no es así, pues el patrimonio que amasó puede ser objeto de una acción de pérdida de dominio, incluso si se transfirieron a terceros.
El exfiscal de lavado de activos Juan Mendoza Abarca, aseguró que si se demuestra que tal patrimonio fue adquirido con dinero mal habido sí procede dicha medida.
“Si García dejó bienes susceptibles de herencia y son de dinero mal habido, evidentemente si se acredita ese dinero mal habido no habría problema en ser incautados”, dijo a Diario UNO y agregó que el fiscal puede solicitar al juez la incautación del dinero y las cuentas porque la procedencia no es lícita.
El abogado penalista Luis Lamas Puccio, también sostiene que las propiedades adquiridas con dinero ilícito son susceptibles de incautación, aseguró que si estas fueron transferidas a sus hijos, estos tendrán que demostrar que el dinero con las que se compró es lícito.
“La impresión que yo tengo es que García habría transferido porque como él no podía tener patrimonio injustificado a su nombre, su manera más frecuente de actuar era o transferir o utilizar testaferros. Si se la ha transferido a sus hijos, ellos van tener que ser investigados y van a tener que demostrar que fueron adquiridos con plata suya- que no lo van a poder hacer- o con plata de García. Y si es así, se va a tener que demostrar que la plata es lícita”, declaró al referido diario.
El abogado Erasmo Reyna y los defensores de García alegan que el único bien que dejó Alan García es la casa de Miraflores y que ese predio dejó de ser objeto de investigación al demostrarse con qué recursos se compró.
“Todo lo que adquirió está debidamente justificado, además fue objeto de investigación. Hay absoluta tranquilidad, los bienes están en resguardo”, dijo Reyna.
En cambio, el constitucionalista Luciano López, explicó que la pérdida de dominio o incautación de bienes de García sí es posible a pesar de su fallecimiento. “Si se puede demostrar la tesis de que parte del patrimonio del expresidente García fue conseguido producto de actos ilícitos, entonces podría iniciarse el proceso de pérdida de dominio, a pesar de que el dueño del patrimonio haya fallecido, porque su muerte solo exime la persecución penal”, señaló.
Luciano López destacó que la investigación contra García y la posible recepción de dinero de Odebrecht han arrojado “sospechas razonables de que se ha cometido un delito”.
“Es cierto que recién estamos empezando, pero existe una serie de incidencias e indicios razonables que hacen que estas sospechas puedan ser lo suficientemente fuertes, pero aún la Fiscalía va a requerir más pruebas para poder construir un procedimiento que se llama de pérdida de dominio”, aseguró.
Participación de Pilar Nores
Pilar Nores, exesposa de García fue investigada en los últimos años por el presunto delito de lavado de activos en la compra de varias propiedades. La exmilitante aprista Angela Valdez Rivera denunció ante la Fiscalía de Lavado de Activos, que García y Nores adquirieron 21 propiedades con dinero mal habido y dijo que su exesposa podría estar actuando como cajera.
A esto, Puccio indica: “Pilar Nores tendrá que demostrar que esos bienes han sido adquirido con su patrimonio personal o si han sido adquirido con patrimonio de García. A ella se le acusa de tener más de 20 inmuebles, y no es justificable que un exmandatario, con el sueldo que percibía, pueda haber adquirido esos bienes”.
Mendoza Abarca asegura que si se demuestra que el origen del dinero con el que se adquirió el bien es ilícito, entonces es materia de incautación, “no importa a nombre de quién esté”, y que la exprimera dama debería justificar sus ingresos para demostrar que el bien no fue adquirido con dinero ilícito.