Se van conociendo los entretelones de la fétida resolución del Tribunal Constitucional (TC), que decidió la anulación de la prisión preventiva de Keiko Fujimori, conocida en el hampa judicial como “señora K”.

 

Ernesto Blume Fortini 2 keiko fujimori 37

 

El jueves pasado, el presidente del TC, Ernesto Blume, había aceptado que el magistrado Ramos presente una ponencia para debate este lunes, sobre el hábeas corpus que solicitó la anulación de la prisión preventiva contra dicha imputada. No obstante, Blume convenció a Ramos para suprimir el debate y de frente lanzar en el Pleno un fallo en favor de Keiko Fujimori.

Tras manipular a los magistrados llegó al Pleno para decir que ya tenía los cuatro votos y canceló el necesario debate en esta materia tan importante no sólo por la legalidad sino por la transparencia que se debe a la ciudadanía.

Así, repitiendo la prepotencia aprofujimorista en el Congreso disuelto (método que practicaron la dictadura fujimorista de los 90 y el aprismo), el lunes a las 10 de la mañana, Blume, ingresó al Pleno, y simplemente anunció que ya contaba con los cuatro votos a favor del hábeas corpus que deja sin efecto la prisión preventiva de Keiko Fujimori, por lo que no habría más debate.

¿Por qué miedo al debate, cuando debería haberse realizado un exhaustivo intercambio de ideas, críticas y análisis académico, como se espera de un TC? El único temor era que se desbaraten racionalmente los hediondos argumentos de Blume.

“Ya tenemos los cuatro votos, no hay nada que discutir”, habría dicho al comenzar el pleno el sujeto, citado por La República.

Los jueces constitucionales Eloy Espinosa-Saldaña, Marianella Ledesma y Manuel Miranda no pudieron oponerse por ser minoría.

Vergonzoso cabildeo en la máxima instancia judicial

Media hora antes, Blume reunió en su despacho del TC a José Luis Sardón, Augusto Ferrero y Carlos Ramos. Los tres convencieron a este último de avalar a Blume en su pretensión de declarar fundado el recurso presentado por la hermana de Keiko Fujimori para su liberación y le sugirieron que en los otros temas, en los que no estuviera de acuerdo, podría analizarlos en un voto singular.

Fuentes del TC señalaron a La República que el viernes de la semana pasada, Blume ya planificaba persuadir a Ramos, quien un día antes en el Pleno se mostró a favor del hábeas corpus, porque para él, al haberse disuelto el Congreso, ya no había peligro de obstaculización.

¿Y el peligro de fuga? Acaso la imputada no puede ira a la embajada japonesa a escapar de la justicia peruana buscando asilo en Japón, país con el cual no hay extradición, para estar junto con sus tíos prófugos?

“Todo fue una treta para ganar tiempo”, indicó uno de los consultados, quien contó que el jueves el debate en el Pleno estuvo muy álgido, y la propuesta del presidente del TC estuvo a punto de caerse. Ello hubiera significado que formalmente se eligiera a un nuevo ponente.

Blume no podía permitirlo y para asegurarse los cuatro votos antes de que algo pudiera cambiar la correlación de fuerzas, recurrió al cabildeo y la prepotencia. Eso casi ocurrió hace diez días, cuando se conoció el testimonio de Jorge Yoshiyama Sasaki ante el Equipo Especial Lava Jato de la Fiscalía, en el que detalla que Keiko Fujimori participó directamente en la estrategia para mantener la mentira de los “aportantes fantasmas” para ocultar el dinero de Odebrechet.

En la práctica el expediente de lo que el mismo ponente calificó como “un caso emblemático” siguió un proceso express. Si bien se entregó el proyecto de fallo el 4 de noviembre y se concedió dos semanas a los miembros del tribunal para analizarlo, casi no hubo debate. El contenido de la propuesta que el presidente del TC envió encriptada para evitar su filtración se discutió en solamente un día: el jueves pasado. Lo demás fue solo un show.

Canceló los plenos

El pleno del lunes no duró mucho. Luego de cancelar el debate se continuó tomando decisiones para seguir apurando el proceso destinado a lograr la libertad de Keiko. Blume acortó los plazos para que los magistrados entreguen sus votos.

La misma mayoría simple acordó que los que deseen presentar sus fundamentos o votos discordantes o singulares, lo hagan el jueves a las 4 de la tarde, es decir, en solo tres días, cuando la legislación les otorga un máximo de siete. Se argumentó que, en la línea de la sentencia, no se podía seguir afectando el derecho a la libertad personal de la lideresa de Fuerza Popular.

Y para que los magistrados no se “distraigan” en otros temas, se suspendió los otros dos plenos previstos para esta semana: el de ayer, martes, y el del jueves. De esta manera, se siguen dilatando otros casos antiguos, varios de los cuales datan del 2014, en favor de Keiko Fujimori. No es la primera vez que se le da prioridad, pues su hábeas corpus se ha visto mucho antes que otros de mayor antigüedad. 

Justificaciones de Blume

Ayer por la mañana Blume continuó dando entrevistas para argumentar el fallo a favor de la lideresa de Fuerza Popular.

“Hemos determinado, en este caso, por decisión de cuatro magistrados, que se ha afectado a la libertad personal porque no se han cumplido los requisitos que se exige para dictar una prisión preventiva”, manifestó en RPP.

Añadió que las denuncias de los falsos aportantes sobre presiones de Fuerza Popular para mantener su mentira son indicios que no han sido corroborados. Y más bien recalcó que Keiko tiene arraigo y ha demostrado que va a todas las audiencias.

Blume incidió en que no se puede mantener a alguien en prisión sin sentencia solo porque al Ministerio Público le parece que hay “una eventual obstrucción de justicia”.

Y más bien le advirtió al fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial, quien se mostró indignado por la sentencia, que la Constitución “le manda respetar la jerarquía, la independencia y autonomía del TC”.

Blume señala que para decidir en el hábeas corpus se analizaron las resoluciones de prisión preventiva. Por eso no se incluyó la declaración de Jorge Yoshiyama. Sin embargo, Carlos Ramos, tomó en cuenta el cierre del Congreso, que fue posterior al fallo de prisión preventiva.

Contradicción

El fallo no admite hechos posteriores a la presentación del recurso de hábeas corpus, 4 de julio, denegando con ello analizar mayores evidencias contra la imputada, como las declaraciones de personajes que le entregaron cientos y millones de dólares, sin embargo, sí admite un hecho posterior, la disolución del Congreso en octubre de 2019, para justificar que la capacidad de Keiko Fujimori para obstruir la justicia ha disminuido.