Naturaleza del derecho de autorización que otorga el estado para prestar el servicio de radiodifusión, se rige por la Constitución Política, las Leyes especiales de la materia, sus Reglamentos y el Código de Ética del MTC que WILLAX TV no cumple
(Aeronoticias) La autorización para prestar el servicio de radiodifusión es un derecho que otorga el Estado a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para operar el servicio, tanto en la banda sonora como televisiva, y que por el rol que cumple es considerado un servicio privado de interés público, teniendo que cumplir con la defensa y protección de los Derechos Humanos y especialmente los derechos fundamentales de la persona humana, dijo el Abogado Julián Palacin Gutiérrez, Dirigente del Comité Ejecutivo Regional de Perú Libre en Lima, dos veces Candidato al Congreso de la República por este partido político y actualmente asistente del Coordinador de la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Equipo Técnico de Pedro Castillo de Perú Libre.
En el centro Julián Palacin Fernández y a su izq. Julián Palacin Gutiérrez, miembro del Equipo Técnico de Pedro Castillo de Perú Libre
Así también indicó que, de acuerdo con lo indicado en la normatividad de telecomunicaciones peruana, el espectro radioeléctrico es un recurso limitado de dimensiones limitadas que forma parte integrante del patrimonio de la nación, su utilización y otorgamiento para la prestación del servicio de radiodifusión, se efectúa en las condiciones señaladas en la ley de la materia. Asimismo las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público.
De otro lado, explicó que, de acuerdo con lo indicado en el Registro Nacional de Frecuencias del MTC, que señala cuáles son las empresas titulares del servicio de radiodifusión y la banda frecuencia o canal operan, la empresa WILLAX TV que opera en la frecuencia 1 de TV Digital (canal virtual), no figura en el precitado registro, cuyo título habilitante estaría a nombre de la empresa AGENCIA PERÚ PRODUCCIÓN S.A. la cual sería responsable de dicha frecuencia.
En ese sentido resulta imperativo que se aclare quien es el titular del canal 1 en Televisión Digital, toda vez que dicha emisión utiliza un recurso natural que pertenece a todos los peruanos.
Y es importante conocer la titularidad real de los propietarios de los medios de comunicación, pues la responsabilidad y la legitimidad para obrar de los mismos tiene que estar claramente definida a fin de que el estado, como administrador del recurso, y los terceros que se puedan ver afectados en sus derechos e interese,s sepan con quién tratar. No es justo que se alquilen espacios en dichos medios y se indique que el canal no asume responsabilidad por las opiniones vertidas en dichos programas, o peor aún como en el caso de la empresa WILLAX que empezó siendo una canal por internet, no se sepa a quién recurrir en caso de un reclamo por algún uso indebido del medio.
Julián Palacin Fernandez, miembro del Equipo Técnico de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, dé Perú Libre de Pedro Castillo, expresó que hace un mes, y precisamente por los incumplimientos y distorsiones comunicacionales que han enfermado a la sociedad con cientos de víctimas de difamación agravada en WILLAX TV, el actual Gobierno ha aprobado el Código de Ética, que el nuevo Ministro de Transportes tendrá que hacer cumplir y ejecutar, ya que en señal abierta no se le puede imputar delitos llamándole terrorista a personas que no tienen condena penal, no se puede crear pánico financiero, ni mentir, ni asustar a la población, entre otros problemas que se originan porque el Ministerio de Transportes no ha venido cumpliendo su rol constitucional en defensa de la sociedad y de una libertad de prensa que hoy ejercen muchísimos periodistas y canales de televisión que sí cumplen la ley, y que son la reserva moral del periodista peruano, como lo sostuvo hace unas semanas el abogado Julián Palacin Fernández, Coordinador de la Comisión de Transportes y Comunicaciones de Pedro Castillo de Perú Libre.
Por último, el abogado Julián Palacin Gutiérrez, Coordinador asistente del Plan de Gobierno de Perú Libre en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dijo que en agosto del 2021 se reglamentarán los derechos de las víctimas de difamación de los canales de señal abierta, en primer lugar, todos los canales de televisión tendrán que registrar en el Ministerio de Transportes lo siguiente:
Nómina completa de los accionistas, directores y de todos los periodistas con su correo electrónico y dirección procesal, en el caso de que los usuarios afectados requieran emplazarlos por delitos de difamación y Responsabilidad civil de los dueños por los daños y perjuicios que con animus difamandi propalan con dolo algunos canales de TV, como Wilax, con la intención dañar el honor de las personas a quienes además las maltratan porque nunca les dan el derecho constitucional de rectificación.
Los afectados tendrán el derecho constitucional de exigir, y se les deberá entregar vía correo electrónico en el término de 48 horas, la transcripción de la difamación en físico-escrita- y el video cuestionado todo a su correo electrónico, el incumplimiento originaría una multa y se publicarán los reclamos y estado de los procedimientos administrativos por violación a los derechos constitucionales de las víctimas de canales y periodistas difamadores como WILAX. SE TIENE QUE CONSTRUIR UN PAÍS DE PERIODISTAS HONESTOS QUE LOS HAY Y MUCHOS QUE HONRAN LA MEMORIA DEMOCRÁTICA DEL PAÍS y lograr que los dueños de canales al servicio de la difamación y mentiras cumplan la ley e indemnicen con su patrimonio personal inclusive cuando causen daños y perjuicios.
El afectado tendrá el derecho constitucional de rectificación gratuita, inmediata y proporcional sin perjuicio de la responsabilidad de Ley y de la Denuncia Penal del Procurador Público del Ministerio de Transportes cuando corresponda, de acuerdo a la Reglamentación respectiva.
Los canales de televisión tendrán la obligación de registrar en el MTC Pólizas de Seguros y Reaseguros que cubran la responsabilidad civil de los accionistas, directores , periodistas y de todos los responsables directos e indirectos de crear, reproducir y publicar noticias falsas, sin la rectificacion de ley y con la intención malévola de afectar la honorabilidad de personas intachables.
La irrestricta libertad de prensa se ejerce de acuerdo con la Constitución Política del Perú y respetando los derechos constitucionales de las víctimas de difamación agravada de algunos medios de comunicación, que tendrán que entender que tienen que respetar los derechos humanos al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar, así como la voz y a la imagen propias, y que toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a la rectificación, que hoy los grandes medios de comunicación no respetan en un Ministerio de Transportes que no ha venido defendiendo los derechos humanos, pero ahora Peru Libre hará respetar los derechos de los tratados humanos, la Constitución, la Ley y los Reglamentos pues el derecho a la comunicación a la información y a la libertad de expresión debe estar dentro de los parámetros del derecho a la verdad fundamentalmente. Lo otro es atentar contra el bien jurídico honor y la manipulación de las mentes.
Por último, el especialista Dr. Martín Piaggio, que fuera Presidente de la Comisión de Telecomunicaciones del Colegio de Abogados de Lima y reconocido ex-Funcionario del MTC, en esta especialidad se unió al equipo de Julián Palacin en la elaboración del informe final sectorial que se implementaría en el mes de agosto del 2021.
De esta forma se garantiza la irrestricta libertad de prensa y el derecho al honor y la buena reputación de la persona humana consagrados en la constitución política vigente y la efectiva reparación de las victimas que por el principio jurídico de la responsabilidad solidaria del derecho civil podrán demandar a los accionistas dueños de los medios de comunicación, canales, quienes responderán con su patrimonio en un contexto en el que en la actualidad hay miles de víctimas que nunca son resarcidos, y algunos dueños como Erasmo Wong tienen domicilio RENIEC donde no viven y nunca pueden ser emplazados.
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