El ministro de Justicia Aníbal Torres explicó por qué la limitación de la cuestión de confianza aprobada ayer por el Congreso es inconstitucional, poniendo en evidencia la ignorancia de los parlamentarios y sus asesores.

 

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Equilibrio de poderes

Recordó que la norma que limita la cuestión de confianza es una facultad que tiene el Presidente y está “íntimamente vinculada con la vacancia presidencial, que le compete al Congreso”, por incapacidad moral del Presidente.

“No se puede tratar esta instituciones por separado sino conjuntamente. Tratar por separado limitando la cuestión de confianza se produce un enorme desequilibrio entre el Ejecutivo y el Legislativo”, señaló y agregó que lo mismo sucedería si se tratara la vacancia presidencial sin tratar la cuestión de confianza.

“Por eso el Ejecutivo ha presentado un proyecto de reforma constitucional limitando ambas instituciones, tanto la cuestión de confianza y limitando la vacancia presidencial. La vacancia presidencial procedería únicamente por incapacidad mental o física del Presidente, debidamente comprobada por una junta de médicos”, indicó durante la conferencia de prensa en la que participaron cuatro ministros est tarde.

“Habría una vacancia presidencial por una cuestión objetiva, no como antes o hasta ahora, como es por una cuestión subjetiva, que es la incapacidad moral”, dijo, y añadió que la cuestión de confianza procedería únicamente por materias que no son de competencia exclusiva del Congreso, “así las dos instituciones quedan equiparadas y hay control político entre las dos instituciones en una situación de igualdad”, manifestó.

 

Anibal Torres 2

Desequilibrio

“Lo que ha hecho el Congreso es limitar la cuestión de confianza sin limitar la vacancia presidencial, ha creado un tremendo desequilibrio y el Congreso tiene ahora la facultad de en cualquier momento ir a la vacancia presidencial por la susodicha incapacidad moral, donde ‘entra de todo’, mientras el Ejecutivo queda totalmente desprotegido”, advirtió refiriéndose a la excesiva a amplitud de la incapacidad moral, que permitiría la vacancia presidencial por motivos intrascendentes.

Ignorancia en Derecho ha empujado al Congreso a aprobar una norma inconstitucional

Explicó que el Congreso ha modificado la cuestión de confianza “mediante una ley que primero denominaron interpretativa, después interpretación autentica y finalmente norma de desarrollo constitucional”.

“Con ninguna de esas modalidades legislativas se puede modificar la Constitución, ley de leyes. El Congreso puede modificar conservando el mecanismo señalado en el artículo 206 de la Constitución en dos legislaturas ordinarias o en una legislatura ordinaria más un referendo”, subrayó.

Por tanto, el Congreso “manifiestamente ha infringido la constitución, esta ley que han dado es inconstitucional, razón por la que si sale publicada en el diario oficial se interpondrá la acción de inconstitucionalidad, por supuesto, previo acuerdo del pleno del gabinete”, enfatizó, refiriéndose a la sesión de mañana.

Sobre el proyecto del Ejecutivo

“Con el proyecto que hemos presentado se tratan ambas instituciones simultáneamente, se reducen a lo mínimos. Sin embargo, el Congreso queda todavía con otro mecanismo, el juicio político y además la censura a los ministros, de manera que resulta exageradamente desproporcionado que solamente se haya limitado la cuestión de confianza, que es facultad del Ejecutivo”, dijo.

Ayer, el doctor Anibal Torres lamentó la falta de conocimiento del Derecho de los congresistas al aprobar la limitación de la cuestión de confianza . Escribió en su cuenta Twitter:

Aníbal Torres V.

@anibaltorresv

  • 19 oct.

Qué pena que en el Perú existan abogadas y abogados que consideren que el TC no tiene el control concentrado de la constitucionalidad de las leyes y que niegan su rol de supremo intérprete de la Constitución. Esto revela la calidad de la educación en la universidad peruana.