Con once votos a favor, seis en contra y una abstención, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó el dictamen de la Ley que fortalece el proceso de aprobación de leyes de reforma constitucional regulados en los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de los derechos de participación y control ciudadanos.

 

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El acuerdo se tomó en la sesión realizada el viernes 26, dirigida por su presidenta la congresista Patricia Juárez (FP), quien fue la encargada de sustentar el referido dictamen recaído en el PL 0644/2021.

Juárez aclaró que, de ninguna manera, la proyectada norma estaría quitando ningún derecho ciudadano, porque estos permanecen inalterables y están consagrados en la Constitución Política, más bien lo que se está haciendo es una interpretación.

“No se trata de un recorte ciudadano, de ninguna manera. De ninguna manera este Congreso ni la comisión está negando un derecho a la participación ciudadana”, puntualizó.

Al explicar los beneficios, dijo que la medida permitirá que el Estado cuente con un ordenamiento jurídico que de manera precisa regule instituciones, tales como el referéndum y el proceso de reforma constitucional. De igual manera, el Poder Ejecutivo contará con un ordenamiento jurídico que de forma precisa establece en qué casos el presidente de la República es la autoridad encargada de convocar a procesos electorales.

“Así, la propuesta permitirá consolidar la competencia del Congreso de la República para aprobar previamente –siempre– las reformas constitucionales”, dijo Juárez, al tiempo de señalar que también beneficiará al ciudadano brindándole predictibilidad y seguridad jurídica para el ejercicio de sus derechos de participación ciudadanos.

En cuanto a la modificación del artículo 40 sobre la improcedencia de referéndum, este señala que no pueden someterse a referéndum las materias y normas a las que se refiere el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución y agrega que “ni aquellas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.

Referendo, se limita el derecho ciudadano
La modificación aprobada por la Comisión de Constitución del Congreso limita la facultad ciudadana al impedir que por referéndum se pueda realizar una reforma constitucional, con lo cual el Congreso se acerca más a una dictadura que a una democracia.

En los cambios del artículo 44 sobre la autoridad que convoca a referéndum, se precisa que la convocatoria a referéndum corresponde efectuarla a la autoridad electoral en plazo no mayor de cuatro meses después de acreditadas las respectivas iniciativas, y se agrega “salvo que se trate de una reforma constitucional, en cuyo caso es convocado por el presidente de la República, por disposición del Congreso, de conformidad con el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.

Antes de la aprobación del dictamen, fue rechazada una cuestión previa planteada por el congresista José Jerí Oré (SP) en el sentido de que se amplíe el debate y posteriormente se vote, propuesta que fue respaldada por su colega José Balcázar Zelada (PL).

Por su parte, el congresista Jaime Quito Sarmiento (PL) propuso que se invite a los juristas Francisco Eguiguren y Aníbal Torres; en tanto que Guido Bellido Ugarte (PL) recomendó que se invite a especialistas de la Onpe y el JNE.

Durante el debate, el congresista Víctor Raúl Cutipa Ccama (PL) advirtió a sus colegas que hay que tener mucho cuidado porque se va contravenir con lo que dice la Constitución.

“De aprobarse, estoy seguro que terminará en el Tribunal Constitucional”, agregó al tiempo de afirmar que “lo que se busca es que el poder constituyente ya no esté en manos del pueblo”.

“Si aceptamos lo que dice el congresista Cutipa estaríamos negando nuestro estado de derecho y nuestro sistema democrático, opinó Adriana Tudela (Avanza País).

A su turno, la congresista Gladys Echaíz (APP) indicó que pensaba que la propuesta legislativa era innecesaria, porque la Constitución es clara y precisa en cuanto a los derechos que reconoce, cómo y cuándo procede una reforma constitucional y cómo y cuándo debe irse a un referéndum. Sin embrago, opinó lo siguiente: “Creo que sí es necesario explicar lo que ya está claro en la Constitución para hacer entendible la norma constitucional”.