La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó por 9 votos a favor y 8 en contra el informe de calificación que declara procedente la denuncia constitucional nro. 219 formulada contra el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, por supuesta infracción a la Carta Magna y la probable comisión del delito de traición a la patria.
La presidente de ese grupo legislativo, Rosío Torres (APP) hizo uso de su voto dirimente a favor del respectivo informe de calificación, cuyo texto quedó redactado de la siguiente manera:
-Se declara procedente la denuncia constitucional 219, formulada por los ciudadanos Fernán Altuve-Febres Lores, Ángel Delgado Silva, Lourdes Flores Nano, Hugo Guerra Arteaga, Francisco Tudela van Breugel-Douglas, y César Vignolo Gonzáles Del Valle, que hicieron suya los congresistas Norma Yarrow Lumbreras (Avanza País) y José Cueto Aservi (RP) contra el presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, por presunta infracción constitucional de los artículos 32, 54, 110 y 118 (incisos 1,2,11) de la Constitución.
-Se declara procedente la denuncia constitucional 219, formulada por los ciudadanos Fernán Altuve-Febres Lores, Ángel Delgado Silva, Lourdes Flores Nano, Hugo Guerra Arteaga, Francisco Tudela van Breugel-Douglas, y César Vignolo Gonzáles Del Valle, que hicieron suya los congresistas Norma Yarrow Lumbreras (Avanza País) y José Cueto Aservi (RP) contra el presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, por la presunta comisión del delito de traición a la patria, atentado contra la integridad nacional, tipificado en el artículo 325 del Código Penal, y el artículo 78, numeral 27, del Decreto Ley 23214, Código de Justicia Militar
-Solicitar a la Comisión Permanente del Congreso otorgue el plazo de Reglamento a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, a efectos de que desarrolle la investigación correspondiente.
Previamente, la subcomisión rechazó una cuestión de orden del congresista Waldemar Cerrón (PL), quien señaló que el plazo para la calificación de la citada denuncia constitucional había vencido.
Siete legisladores apoyaron esa solicitud, mientras que ocho parlamentarios se opusieron.
Luego de esa decisión, y en cumplimiento al artículo 89 literal d) del Reglamento del Congreso, el presente informe de calificación será presentado a la Comisión Permanente, órgano que deberá aprobar, por mayoría, el plazo dentro del cual la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales realizará la investigación y presentará su informe, el cual no podrá ser mayor de 15 días hábiles.
“[El plazo] prorrogable por el término que disponga la Comisión Permanente por una sola vez. Excepcionalmente, se podrá fijar un plazo mayor cuando el proceso porinvestigarse sea susceptible de acumulación con otra u otras denuncias constitucionales”, señala el referido dispositivo legal.