Lescano sustenta inconstitucionalidad en ley que pretende regular ONGs

En Audiencia Pública del Tribunal ConstitucionalLescano sustenta inconstitucionalidad en ley que pretende regular ONGs

La norma que modifica la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), es una muestra de la intolerancia del gobierno aprista y su deseo de controlar las actividades de las organizaciones vinculadas a la defensa de los derechos humanos y temas ambientales, afirmó el congresista Yonhy Lescano durante la sustentación de la Demanda de Inconstitucionalidad que presentó ante el Tribunal Constitucional conjuntamente con otros 30 legisladores.
Durante su exposición ante el Pleno del Tribunal Constitucional, el parlamentario puneño señaló que la norma en cuestión es inconstitucional porque incumple el mandato de la Constitución Política del Estado, que establece que ninguna asociación tiene la obligación de pedir autorización para realizar sus funciones. Menos aún cuando se trata de fondos privados, ya que aquellos tienen su propio mecanismo de control y fiscalización, comentó.
 
Según los fundamentos de la acción presentada, los artículos 1º,2º, 3º, 6º y 9º de la Ley N.° 28925, son incompatibles con derechos y principios reconocidos en nuestra carta fundamental, por vulnerar, entre otros, el derecho-principio de igualdad ante la ley; el derecho a la vida privada, a la autodeterminación informativa, y al derecho al secreto e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados.
 
Lescano consideró también que han sido vulnerados el derecho a la libertad de contratación y el derecho de propiedad; la libertad de asociación, el derecho a participar en la vida política, económica, social y cultural de la nación; el derecho al trabajo y los principios de razonabilidad y proporcionalidad y, finalmente, el principio de tipicidad en la previsión de las infracciones administrativas.
 
Durante su intervención por espacio de más de media hora, dijo que la igualdad ante la Ley debe atender a la realidad y no desvincularse de ella, tanto para equiparar situaciones de desigualdad material como para reconocer las diferencias que existen entre los individuos y las circunstancias que los rodean, de manera que se otorgue un trato diferenciado a aquello que es diferente, acotó.

 

El legislador explicó que la igualdad se vulnera no sólo cuando se discrimina o se da un tratamiento diferente a situaciones iguales, sino también cuando se da un tratamiento uniforme a situaciones que son diferentes'. Por ello, afirmó que el propio Tribunal Constitucional ha recogido este principio y lo definido como aquel que garantiza un trato igual a iguales y desigual a los desiguales'.
 
Consideró que también se vulneró el derecho a la vida privada, a la autodeterminación informativa y al secreto e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados al establecer la obligación de registrar ante la APCI a aquellas entidades que no reciben ningún privilegio, beneficio tributario, exoneración y no utilizan de ninguna forma, recursos provenientes del Estado.
Al concluir con su sustentación, reconoció que la Ley aprobada por el legislativo constituye una evidente represalia y persecución política de parte de algunos sectores en contra de las ONGs que lucharon contra la corrupción en la década pasada y las que actualmente defienden el medio ambiente, por lo que están en la mira de una extraña, pero evidente, alianza del Fujimorismo-Aprismo.
 
No estamos en contra de hacer transparentes las acciones de las ONGs, pero la Ley, tal como ha sido aprobada por el Congreso de la República, es una grosera intromisión que colisiona incluso con el Código Civil que ya establece sanciones a las instituciones que han incumplido sus obligaciones. Sin embargo en la norma se encarga esta labor a un organismo administrativo que depende del Gobierno, concluyó.