La informalidad llegó a París
Pájaros de alto vuelo
Carlos Malpica Silva Santisteban, Lima 1993
pp. 259-267


En la reunión que tuvo con la Comisión Investigadora el 22 de agosto de 1991, el ex canciller Allan Wagner manifestó: "La cancillería francesa solicita que yo como canciller del Perú viaje nuevamente a Francia. Y es así que viajo, alrededor del 20 de junio, viajo el 18 en realidad y me entrevisto con el canciller de Francia, el señor Raimond, Jean Bernard Raimond. Y el canciller, me expone que debido a la intervención personal del presidente Mitterrand, había una disposición para encontrar una solución, sobre la base de las conversaciones sostenidas en el mes de marzo, que en su momento no alcanzaron un entendimiento. Y es así que el día 20 de junio suscribo, con el canciller Jean Bernard Raimond, una declaración de cuatro párrafos".

 

El texto de la supuesta "Declaración Conjunta" es el siguiente:

"El gobierno de la República Francesa y el gobierno del Perú animados por la voluntad de reforzar los vínculos tradicionales de amistad y de cooperación que unen a ambos países, han acordado reestructurar el monto y el contenido de los Contratos Júpiter".

"Con tal objeto, se tomarán las disposiciones contractuales, a fin de que dicha reestructuración sea desarrollada de acuerdo al arreglo alcanzado entre ambas partes".

"El arreglo traduce la voluntad de ambos gobiernos de continuar una cooperación basada en la comprensión recíproca y en la búsqueda de un interés común".

"El gobierno de la República Francesa y el gobierno del Perú han acordado unir sus esfuerzos a fin de permitir que dicho arregle se ejecute en las mejores condiciones".

Firmaron: "Jean Bernard Raimond, ministro de Relaciones Exteriores de Francia y Allan Wagner, ministro de Relaciones Exteriores del Perú. (Anexo No. 13).

Las declaraciones de Allan Wagner en la Comisión Investigadora, sobre su viaje a París y su entrevista con el canciller, en gran parte no corresponden a la verdad por las razones siguientes:

a) La cancillería francesa no solicitó su presencia en ese país, pues ni el ministerio de Relaciones Exteriores ni el propio ex canciller nos hicieron llegar documento alguno al respecto, a pesar de que reiteradamente los pedimos.

Como hemos visto en el capítulo "Todos a París", Allan Wagner viajó a la capital francesa por que fue designado presidente de la delegación peruana a la "Conferencia Mundial sobre sanciones contra Sudáfrica", que se llevaría a cabo en París entre el 16 y 21 de junio de 1986, por Resolución Suprema No. 302-86-RE de fecha 6 de junio. Tampoco existe prueba de que haya sido autorizado a suscribir la "Declaración Conjunta" con el canciller de Francia, salvo que la Cancillería haya omitido la remesa del documento correspondiente.

b) Viajó a París no el 18 como manifestó ante la Comisión sino el 14, tal como la reseña el diario El Comercio en su edición del día siguiente, y también la Resolución Suprema No. 0124-86-PCM del 13 de junio.

c) En el comunicado de la cancillería publicado el día 24 de junio, en varios periódicos nacionales, aparece que la "Declaración Conjunta" se suscribió en París el día 20 de junio.

No existe el original de la "Declaración Conjunta" ni en el ministerio de Relaciones Exteriores, ni en la embajada de París, ni en el ministerio de Defensa, ni en el de Economía y Finanzas. Sólo existen las copias xerox de la supuesta "Declaración Conjunta", una de las cuales entregó a la Comisión el canciller y otra Delgado Parker, en las que no se señala ni el lugar ni la fecha en que se firmó tal declaración, omisión imperdonable en un documento suscrito por un canciller francés y aún por un canciller peruano. La copia parece redactada por un juez de paz de algún olvidado villorrio de nuestro país. (Ver anexo No. 13).

d) El documento en xerox, contrasta con el correspondiente al Júpiter III, en el cual se guardan todas las formalidades para una declaración entre representantes de dos países, incluyendo papel de gran calidad orillado con los colores de la bandera francesa (rojo, blanco y azul).

En el Júpiter III, la "Declaración Conjunta" hecha por José Benavides Muñoz, ministro de Economía y Finanzas y Comercio, en nombre del gobierno peruano y por Charles Hernu, ministro de Defensa por el gobierno de Francia, iba acompañada por un anexo en el que se establecían las bases para la reestructuración de los convenios Júpiter I y II. Es decir, la "Declaración Conjunta" entre los ministros y el "arreglo" de los técnicos eran dos partes de un mismo documento, suscritos en la misma fecha en el ministerio de Defensa francés (según uno de los testigos), con el ceremonial que en ese país se estila en esos casos.

Sospechamos que la necesidad de la "Declaración Conjunta" surgió después de ser suscrita la Resolución Suprema No. 302-86-EF, de fecha 6 de junio, por la cual se designa a Allan Wagner como presidente de la delegación peruana que asistió a la "Conferencia Mundial sobre sanciones a Sudáfrica" realizada en París los días 16 y 21 de junio, y con la llegada a Lima de Delgado Parker.

e) A la supuesta "Declaración Conjunta" y a la entrevista con el canciller francés, no se le dio ninguna publicidad en París, contrastando con lo ocurrido meses antes con las reuniones con el canciller Dumas del 18 y 21 de febrero, después de las cuales Allan Wagner ordena a la embajada peruana elaborar un comunicado y transmitirlo a las agencias noticiosas radicadas en París.
f) Nuestra hipótesis es que el 14 de junio sólo faltaban para suscribir el "Acuerdo de Bases":

1) La refinanciación del contrato financiero con los bancos franceses que pagaron la cuota inicial, para lo cual el Perú tenía que hacer un pago importante (como así lo hizo); y
2) La "Declaración Conjunta" con el canciller francés dirigida a engañar a la opinión pública peruana, a los aviadores y a los funcionarios que tenían que suscribir el Convenio Júpiter IV y que no eran cómplices del negociado.

Otra hipótesis al respecto es que dada la gran rivalidad existente entre Delgado Parker y el canciller, éste con la publicación de la "Declaración Conjunta" buscaba hacer méritos con Alan García para mejorar su cuota en la "coima". De allí la gran publicidad que se le dio en Lima a la supuesta "Declaración Conjunta", pero no se la hizo conocer en París.

g) Por lo demás, de haberse firmado la "Declaración Conjunta" entre los cancilleres, resulta ilógico que el delegado de Relaciones Exteriores de Francia en la comisión negociadora no suscribiese el 23 de junio el "Acuerdo de Bases", limitándose a firmarla el delegado del ministerio de Economía, pues tampoco la suscribió el del ministerio de Defensa.
h) Por último, el cablegrama No. 314 de fecha 20 de junio dirigido por el embajador Arias Schreiber desde París a la cancillería peruana constituye la prueba definitiva de que las declaraciones del ex-canciller Allan Wagner en la Comisión son falsas, pues la entrevista con el canciller francés no se realizó el 20, supuesta fecha de la "Declaración Conjunta", sino un día antes. El cable en referencia textualmente dice: "Jueves 19 mediodía acompañado suscrito canciller Wagner fue recibido Quai D'Orsay por ministro Jean Bernard Raimond a quien expresó:
1) Sentimiento presidente García por haber tenido que postergar visita a Francia debido a exigencias de orden interno y esperanzas poder venir más adelante.
2) Satisfacción gobierno por manera se ha revisado contratos Júpiter teniendo en cuenta nuestras prioridades económicas y sociales lo que facilitará ulterior desarrollo relaciones.
3) Interés Perú por que Francia participe en licitación para tren eléctrico Comas-Villa Salvador, en proyecto informática entre presidencia y sectores estatales de control (Presupuesto, Aduanas, Finanzas) y en programas cooperación maestrías sobre negociaciones internacionales (ENA, IPRI, UNIPACIFICO).
4) Confianza autoridades francesas aseguren protección permanente local y funcionarios embajada peruana en previsión reacciones elementos terroristas ante sofocamiento motines centros penitenciarios.

"Segundo.- Ministro Raimond agradeció y compartió estas expresiones ofreciendo examinar asuntos mencionados puntos tres y cuatro con autoridades respectivas".

Como se puede observar en la entrevista del 19 de junio no se suscribió ninguna "Declaración Conjunta" entre los cancilleres de Francia y del Perú sobre los Contratos Júpiter, como declaró en la Comisión el ex-canciller Allan Wagner.

Algo más, en el parágrafo dos del cablegrama citado, el embajador Arias Schreiber dice: "Satisfacción gobierno por manera se ha revisado contratos Júpiter". Es decir, el día de la entrevista Wagner-Raimond ya existía el Acuerdo de Bases, tal como lo demuestran otros documentos mencionados anteriormente, y no era ya necesaria la "Declaración Conjunta" de los cancilleres.

i) Por último, cuando se suscribe tratados, declaraciones y otros documentos entre dos países con diverso idioma se prepara un texto oficial en cada idioma que son suscritos por los contratantes. Este texto oficial es inmodificable.

Si en la relación se produjo la adición o supresión de una palabra, el uso de un tiempo diferente, la supresión o adición de una coma, punto y coma o cualquier otro signo de puntuación, se puede corregir por acuerdo de las partes que dejan constancia del error estampando sus rúbricas.

Hago esta advertencia porque entre los documentos entregados por el ministro Wagner y Delgado Parker a la Comisión, que son iguales, y el documento oficial publicado por el ministerio en su "Boletín Trimestral abril-mayo-junio de 1986 (Ver Anexo No. 14), existen las siguientes diferencias:

Documento Allan Wagner:

Segundo parágrafo: Dice "Para tal fin disposiciones contractuales necesarias"

Tercer parágrafo: Dice "comprensión recíproca y búsqueda"

Quinto parágrafo: No consigna fecha.

Párrafo final: Dice "Ministro de Asuntos Exteriores"

Dice: "Ministro de Relaciones Exteriores.

Documento Boletín Trimestral:

Dice: "Con tal objeto disposiciones contractuales.

Dice: "comprensión recíproca y en la búsqueda.

Dice: París 20 de junio de 1986.

Dice: Ministro de Relaciones Exteriores de Francia.

Dice: Ministro de Relaciones Exteriores del Perú.

Evidentemente los dos documentos no son iguales, ni tampoco con el texto de la declaración dado a conocer por la cancillería en varios medios de la capital, el día 24 de junio.

Sobre este último se puede aducir errores de traducción de la agencia noticiosa que transmitió el despacho; explicación no válida para los otros documentos.

Los hechos demuestran que por lo menos hay dos versiones oficiales del mismo documento, lo cual prueba que no exista la "Versión oficial", suscrita por los cancilleres.