El ciudadano como consumidor de los servicios de un estado vigilante

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Susana Pinilla
 
Casapalca, services”, muertes y falta de autoridad
 
 
El sistema de los services, es decir, contratos de parte del personal de una empresa a través de intermediarios, fue llevado extremos de inhumanidad durante la dictadura fujimorista, en la que había funcionarios del gobierno que lucraban con la miseria de desdichados trabajadores.

¿Cumple el estado con su función de servir al ciudadano haciendo cumplir la ley?

Para su campaña electoral 2006, García se mostró como paladín de los derechos laborales y ofreció eliminar los services, pero esta era otra de sus incontables mentiras, puesto que su partido nunca propuso correcciones legislativas en la materia durante los cinco años anteriores. Recordemos algunas perlas laborales de su primer gobierno:
 

 

  • Envileció la ley 20530 al recibir por hordas en este régimen a todos los recomendados apristas, en cargos de altos funcionarios, para que logren sueldos suculentos al jubilarse. Por esto la gente comenzó a llamar “comechados” por igual a todos los jubilados del régimen 20530. Esta situación fue aprovechada después por Fujimori para, con el pretexto de denunciar corrupción en este régimen pensionario, recortarle beneficios, y limitar el ingreso de nuevos trabajadores, lo que desencadenó en la práctica su futura extinción.

 

 
 
 

  • El gobierno de García tomó dinero de la seguridad social para comprar cantidades exorbitantes de medicamentos chinos, y cuando vencieron, adulteraron las fechas, con la complicidad del hoy preso Víctor Joy Way y la vista gorda de la DIGEMID.
 
 


  • Durante su gobierno tampoco se construyó infraestructura de salud, más bien edificó la inmensa torre de la seguridad social en la avenida Arenales, con la pretensión de albergar más burocracia, cosa que no logró debido a que el APRA perdió las elecciones siguientes. Ese edificio se encuentra hasta hoy sin terminar, lo que significa una tremenda millonada de los jubilados tirada al vacío.
 

 

Desde que comenzó su gobierno, García proclamó solemne que aumentaría el número de inspectores laborales, presionado por saber que los congresistas demócratas estadounidendses exigían mejores condiciones laborales. En efecto, el número de inspectores ha aumentado, y hasta fueron invitados a Palacio, pero no ha aumentado la eficiencia en el control del cumplimiento de las normas laborales en las empresas.
 
 
 

Casapalca

 
 
Por lo tanto, ¿qué sentido tienen ahora las declaraciones de la Ministra de Trabajo, Susana Pinilla, horrorizada por las condiciones infrahumanas de los mineros? ¿Por qué su ministerio recién se da cuenta, después de un año, que existían esas situaciones? ¿Por qué han tenido que morir seres humanos para que sólo ahora se preocupe?
 

El caso es de público conocimiento, no dejaron ingresar a los inspectores, ¿han multado?, ¿ejecutaron la multa? Si hay un informe de los inspectores, por qué no es de público conocimiento, sobre todo si el mismo Alan García está solicitando prioridad en el caso? Por respeto a la opinión pública, deberían publicarse los informes de inspección.

 
 

¿Por qué la ministra permite que se falte el respeto a la autoridad de Trabajo? La empresa puede impedir el ingreso de la ministra, porque por ley sólo los inspectores pueden ingresar, ¿para qué va? Además, basta con un inspector.

 
 
 

Citaron a una conciliación 10 veces, sin que asista la empresa, la ley dice una sola vez, si no, se impone multa, ¿multaron?, ¿solucionaron el problema? ¿Hubo coima por medio? ¿Qué significa que los inspectores no cumplan la ley y en lugar de una vez citen 10?

 
 
 


La misma Pinilla dice que ha sido condescendiente. ¿Por qué? Cuando la bodega de la esquina hace lo mismo le imponen una multa de una UIT. ¿Qué trato especial tiene Casapalca?
 
 
 

El Ministerio de Trabajo agotó la vía administrativa, ¿para qué va la ministra al show, si no va a poder solucionar el caso?

 

¿Designaron abogados de oficio para ir a la vía judicial? Todo suena muy raro. La solución no debería pasar de una semana.

 

El caso se ha convertido en un psicosocial y un espectáculo mortal que distrae al público.

 
 
 


Prioridades

 
 

Como hemos visto, han pasado las inspecciones del ministerio por Casapalca, pero la ejecución de las sanciones parece letra muerta. ¿Dónde está el entrampamiento? ¿En los inspectores que no ven? ¿En los funcionarios del ministerio que no encausan las burlas hacia el poder judicial?

 
 
 
Vistos los abusos, resulta incomprensible que el sector minero no tenga la primera prioridad en el sistema de inspección, tratándose de empresas que generan grandes ganancias y de trabajadores expuestos a las condiciones más difíciles de trabajo. Como es sabido, deben jubilarse antes de tiempo por los daños que ocasiona la extracción minera en su salud. Los incumplimientos de la normatividad laboral deberían tener un control más eficiente y un trámite sumario.
 
 


Necesidad de modificar la legislación

 
 
El caso Casapalca ya es jurisdicción de un juzgado laboral, pero, conociendo la lentitud, urge modificar la legislación para que los procesos sean sumarios, un trabajador no puede esperar impago indefinidamente.
 

El segundo cambio: ante la gravedad de las violaciones en materia laboral cometidas por Casapalca y por cualquier otra empresa, es necesario que el Ministerio de Trabajo esté facultado a imponer la sanción de cierre, no puede ser que en estos flagrantes delitos la autoridad de Trabajo esté preguntándose si el sector Energía y Minas cerrará la mina. Si la SUNAT puede imponer sanción de cierre en forma sumaria, ¿por qué no Trabajo? ¿La salud y la vida son menos importantes que los impuestos o que los minerales?

 
 
 


Modificaciones laborales en materia de
services

 
 
En muchos casos las empresas de intermediación laboral, o services, ni siquiera incluyen en planilla a los trabajadores y la mayoría percibe sueldo mínimo, mientras que el intermediario se queda con la mayor parte del monto que cobra a la empresa por concepto del servicio prestado por los trabajadores. Además, esta modalidad sirve para disminuir el número de personal estable sindicalizable y restar así fuerza a la vigilancia organizada de los trabajadores de sus derechos.
 
 
 
La actual legislación considera impedimento la contratación de services para la actividad principal de la empresa, por ejemplo, si se trata de una compañía de confecciones, estará prohibido contratar costureras o remalladoras, pero no gasfiteros, personal de limpieza o de vigilancia, que pueden ser contratados por los intermediarios.
 
 


Pero es precisamente del personal de limpieza y vigilancia de los que se abusa. No tiene sentido que por el hecho de no ser la actividad central la limpieza no se les pueda contratar por planilla. En primer lugar, se trata de un servicio auxiliar que requiere de poca preparación; segundo, es un trabajo diario.

 
Resulta indispensable y humano modificar la legislación para que se impida también la intermediación laboral en estos casos, es decir, cuando el servicio no requiere de especialización y es diario. La excepción justificable en limpieza para la contratación de services sería la de limpieza de fachadas de edificios, porque requiere de material de seguridad y andamios o altas escaleras y porque es eventual, es decir se suele realizar una o algunas veces por año.