cobrandoEl Instituto de Defensa del Consumidor y la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó en primera instancia administrativa a 26 universidades por realizar cobros ilegales, exigir requisitos prohibidos y solicitar documentos innecesarios a sus estudiantes, además de otras infracciones.
 
La Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 (CC3) del Indecopi señaló que dichas universidades incumplieron el Código de Protección y Defensa del Consumidor, por lo cual impuso multas que en total suman 2741 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), equivalentes a S/ 11,790,385. 
 
 
Entre las infracciones verificadas por la CC3 se encuentran las siguientes: 
 
-Requerir el cobro de un interés moratorio superior al legal permitido por la Ley 29947 (Infracción al artículo 73 del Código). 
 
-Disponer medidas que restringen el desarrollo del servicio educativo a fin de procurar el cobro de las pensiones de enseñanza (Infracción al artículo 73). 
 
-Condicionar a los estudiantes la adquisición de un Formato Único de Trámite (FUT) para la realización de diversos trámites internos (Infracción al literal a) del artículo 56). 
 
-Condicionar a los estudiantes a la adquisición de un seguro estudiantil para poder matricularse (Infracción al literal a) del artículo 56).  
 
-Requerir la presentación de documentación innecesaria para la realización de diversos trámites internos (Infracción al literal g) del artículo 56). 
 
-No brindar a los estudiantes información referida al monto o tasa por concepto de mora (Infracción al artículo 2). 
 
-Condicionar la atención de reclamos de los alumnos al pago diferentes conceptos (Infracción al numeral 24.3 del artículo 24). 
 
La mayoría de los casos han sido consentidos o confirmados por la segunda instancia. A la fecha, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi se encuentra tramitando la apelación presentada por la Universidad de Ingeniería y Tecnología. 
 
La CC3 es un órgano que pertenece al área resolutiva de la institución y está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente. 
 
Los órganos resolutivos del Indecopi son autónomos en el ejercicio de sus funciones y sus decisiones no están sujetas a control por parte de la presidencia del Consejo Directivo, de la Gerencia General o de cualquiera de las Gerencias que conforman la estructura administrativa del Indecopi, conforme a lo establecido en el artículo 21° de Ley de Organización y Funciones del Indecopi. 
 
La institución da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 de la Ley N.° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el Secretario Técnico y la Comisión de Protección al Consumidor se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente en atención a los intereses de los consumidores afectados y no constituya violación de secretos comerciales o industriales”. 
 
Con el fin de identificar y corregir las conductas que estarían afectando a los universitarios, el Indecopi realiza de manera permanente un monitoreo del sector, a partir del reporte de los ciudadanos ante el Centro Especial de Monitoreo (CEMI) y con la información recibida de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), autoridad en la materia. 
 
En 2020 se aplicó una estrategia de supervisión en dos etapas. La primera fue una supervisión orientativa a 48 universidades reportadas para que corrijan sus incumplimientos. En la segunda, realizó otra supervisión a las cinco universidades con la mayor cantidad de reportes, a fin de verificar si ha dejado de incumplir las obligaciones relacionadas a los derechos del consumidor. 
 
Este año año también se tiene previsto continuar con el monitoreo y fiscalización a este sector, añadió Indecopi.
 
Además, esta entidad ha realizado una propuesta de trabajo conjunto con la Sunedu para implementar un programa de cumplimiento para las universidades, el cual permitirá reducir los riesgos de incurrir en infracciones administrativas en consumo y publicidad, y de esa manera elevar los estándares de protección hacia los consumidores. 
 
Un programa de cumplimiento consiste en un conjunto de políticas y procedimientos para que los proveedores puedan detectar y gestionar los riesgos de incurrir en incumplimientos a la ley. 
 
Lista de las universidades multadas: 
N.° 
 
UNIVERSIDAD 
 
SANCIÓN TOTAL 
 
S/. 
 
INFRACCIONES VERIFICADAS 
 
FECHA DE RESOLUCIÓN FINAL  
 
ESTADO 
 
MEDIDA CORRECTIVA ORDENADA 
UNIVERSIDAD ARZOBISPO LOAYZA S.A.C. Resolución Final N. 41-2020/CC3  30.3 UIT  130,290  Interés moratorio ilegal / FUT / Deber de información   19.06.2020  Confirmada  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido y por el pago de FUT más los intereses generados por dichos conceptos. 
UNIVERSIDAD CATÓLICA SEDES SAPIENTIAE Resolución Final N. 25-2020/CC3  20.6 UIT  88,580  Medidas prohibidas / FUT / Documentación innecesaria   09.03.2020  Consentida  Devolución del monto pagado por concepto de FUT más los intereses legales generados. 
UNIVERSIDAD CONTINENTAL S.A.C. Resolución Final N. 38-2020/CC3  87.8 UIT  377,540  Documentación innecesaria  19.06.2020  Confirmada en parte 
UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE Resolución Final N.  86-2020/CC3  97 UIT  417,100  Medidas ilegales / FUT / Documentación innecesaria    23.07.2020  Confirmada en parte   Devolución del monto pagado por concepto de FUT más los intereses legales generados. 
UNIVERSIDAD DEL PACÍFICO Resolución Final N.  84-2020/CC3  91.6 UIT  393,880  Interés moratorio ilegal / medidas ilegales   23.07.2020  Confirmada  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido más los intereses generados. 
UNIVERSIDAD ESAN Resolución Final N.  46-2020/CC3  513.3 UIT  2,207,190  Interés moratorio ilegal / Medidas prohibidas   26.06.2020  Confirmada  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido más los intereses generados. 
UNIVERSIDAD FEMENINA DEL SAGRADO CORAZÓN Resolución Final N.  36-2020/CC3  Amonestación 1.6 UIT  6,880  FUT / Deber de información   19.06.2020  Consentida  Devolución del monto pagado por concepto de FUT más los intereses legales generados. 
UNIVERSIDAD INTERAMERICANA PARA EL DESARROLLO S.A.C. Resolución Final N.  26-2020/CC3  5.4 UIT  23,220  FUT / Documentación innecesaria   09.03.2020  Confirmada  Devolución del monto pagado por concepto de FUT más los intereses legales generados. 
UNIVERSIDAD DE INGENIERIA Y TECNOLOGIA Resolución Final N.  154-2020/CC3  41 UIT  176,300  Medidas ilegales   10.09.2020  En apelación 
10  UNIVERSIDAD JAIME BAUSATE Y MEZA Resolución Final N.  28-2020/CC3  11.6 UIT  49,880  Interés moratorio ilegal / Medidas prohibidas / FUT   09.03.2020  Confirmada   Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido y por el pago de FUT más los intereses generados por dichos conceptos. 
11  UNIVERSIDAD JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI Resolución Final N.  39-2020/CC3  47.3 UIT  203,390  Interés moratorio ilegal / Medidas prohibidas / Documentación innecesaria    19.06.2020  Confirmada  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido más los intereses generados. 
12  UNIVERSIDAD LE CORDON BLEU Resolución Final N.  51-2020/CC3   Amonestación 8.1 UIT  34,830  Interés moratorio ilegal / Medidas prohibidas   03.07.2020  Consentido  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido más los intereses generados. 
13  UNIVERSIDAD MARCELINO CHAMPAGNAT Resolución Final N.  102-2020/CC3  12.3 UIT  52,890  Interés moratorio ilegal / FUT   06.08.2020  Consentida  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido y por el pago de FUT más los intereses generados por dichos conceptos. 
14  UNIVERSIDAD PERUANA DE LAS AMÉRICAS S.A.C. Resolución Final N.  24-2020/CC3  115.15 UIT  495,145   Medidas prohibidas / FUT / Documentación innecesaria / Atención de reclamos   09.03.2020  Consentida  Devolución del monto pagado por concepto de FUT más los intereses legales generados. 
15  UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE S.A.C. Resolución Final N.  27-2020/CC3  150.6 UIT  647,580  Medidas prohibidas   09.03.2020  Confirmada 
16  UNIVERSIDAD PERUANA SIMÓN BOLÍVAR S.A.C. Resolución Final N.  29-2020/CC3  13.6 UIT  58,480  Medidas prohibidas / FUT – seguro estudiantil / Documentación innecesaria / Deber de información    09.03.2020  Confirmada  Devolución del monto pagado por concepto de FUT y por Seguro Estudiantil más los intereses legales generados. 
17  UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA Resolución Final N.  40-2020/CC3  283.9 UIT  1,220,770  Interés moratorio ilegal / Medidas prohibidas / Documentación innecesaria   19.06.2020  Confirmada en parte  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido más los intereses generados. 
18  UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP S.A.C. Resolución Final N.  42-2020/CC3  13.5 UIT  58,050  En plazo para apelar   19.06.2020  Consentido 
19  UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES Resolución Final N.  85-2020/CC3  58 UIT  249,400  Interés moratorio ilegal / Documentación innecesaria   23.07.2020  Consentido  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido más los intereses generados. 
20  UNIVERSIDAD PRIVADA SERGIO BERNALES S.A. Resolución Final N.  50-2020/CC3  9.9 UIT  42,570  Interés moratorio ilegal / FUT / Documentación innecesaria   03.07.2020  Confirmada  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido y por el pago de FUT más los intereses generados por dichos conceptos. 
21  UNIVERSIDAD PRIVADA JUAN PABLO II S.A.C. Resolución Final N.  101-2020/CC3  9 UIT  38,700  Documentación innecesaria   06.08.2020  Consentido 
22  UNIVERSIDAD RICARDO PALMA Resolución Final N.  100-2020/CC3  652.1 UIT  2,804,030  Interés Moratorio Medidas ilegales/ Condicionamiento/ Documentación innecesaria   06.08.2020  Confirmada en Parte  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido y por el pago de FUT más los intereses generados por dichos conceptos. 
23  UNIVERSIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Resolución Final N.  23-2020/CC3  450 UIT  1,935,000  Medidas prohibidas   09.03.2020  Trámite post resolutivo 
24  UNIVERSIDAD SEMINARIO EVANGÉLICO DE LIMA (USEL) Resolución Final N.  31-2020/CC3  Amonestación  N.A.  FUT   13.03.2020  Consentida 
25  FACULTAD DE TEOLOGÍA PONTIFICIA Y CIVIL DE LIMA Resolución Final N.  37-2020/CC3  Amonestación 8.8 UIT  37,840  Interés moratorio ilegal / Medidas prohibidas / FUT / Documentación innecesaria    19.06.2020  Consentida  Devolución del exceso del monto pagado por Interés moratorio ilegal superior al permitido y por el pago de FUT más los intereses generados por dichos conceptos. 
26  UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PERÚ S.A.C. Resolución Final N.  52-2020/CC3