El plazo para que los trabajadores activos puedan retirar el 100% de su CTS vence este 31 de diciembre, según lo establecido por Decreto Supremo N.° 010-2021-TR, debido a la pandemia de coronavirus.

 

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La norma no limita el número de veces que se puede retirar, ni la modalidad, es decir, puede ser tanto en efectivo como vía transferencia a otra cuenta del trabajador.

La única limitación es la fecha, que no puede ser más allá del 31 de diciembre.

Si no piensa gastar de inmediato

Si una persona desea retirar pero no tiene pensado gastar de inmediato, puede obtener mejor rentabilidad por sus fondos que la que pagan los bancos por su CTS en en las cajas municipales, en depósitos a plazo fijo, donde a mayor plazo mayor es la tasa de interés que pagan. Los fondos mutuos también son una posibilidad.

Otra posibilidad rentable son las cuentas sin fines previsionales en las AFP, donde el trabajador puede retirar cuando quiera y pueden depositar tanto los trabajadores activos como los jubilados. El dinero obtendrá rentabilidad variable según el tipo de fondo que escoja, que puede ser  conservador, con rentabilidad baja pero con riesgo muy bajo, hasta los de rentabilidad alta, pero con mayores riesgos.