Por César A. Ipenza(*)

El abogado especializado en temas ambientales, César A. Ipenza*, analiza el polémico decreto supremo que aprueba que Osinfor, el organismo que supervisa los recursos forestales, ahora esté en manos del Ministerio del Ambiente. En claro rechazo a esta norma, hoy el jefe de Osinfor, Máximo Salazar, renunció al cargo por considerar que se le “resta independencia” a las funciones de esta entidad del Estado. 

Resulta interesante la discusión y el proceso en torno a los diversos intentos de pasar el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor) antes al Ministerio de Agricultura (Minagri) y ahora al Ministerio del Ambiente (Minam). Legalmente es discutible y hay argumentos a favor de mantener el Osinfor en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

El último Consejo de Ministros aprobó la propuesta del Minam: la adscripción del Osinfor a este ministerio, oficializada mediante el Decreto Supremo N.o 122-2018-PCM publicado el miércoles 12 de diciembre. Lo innegable es que Osinfor ha sido incómodo para muchos, pues ha logrado evidenciar importantes cargamentos de madera de origen ilícito en trabajo conjunto con la Superintendencia de Administración Tributaria (Sunat) y las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental (FEMA).

Frente a ello surgen discusiones sobre si debió ser una Ley o un Decreto Supremo, pues el Decreto Legislativo N.o 1085 que creó el Osinfor, emitido en el marco de la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial con los Estados Unidos, señala textualmente que este organismo del Estado está adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros y es posterior a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

Lo serio y cierto es que el Anexo Forestal del Acuerdo de Promoción Comercial entre Perú y los Estados Unidos establece que el Perú debe fortalecer las instituciones responsables de hacer cumplir las leyes que impactan sobre el manejo forestal en nuestro país y específicamente señala que debe implementar la norma de creación del Osinfor para que sea ”una  entidad  independiente  y separada” , como lo señala el artículo 3 inciso h) numeral iii) del Anexo 18.3.4 del APC Perú – EE. UU.:

  1. h) Crear y promover el uso de herramientas que complementen y fortalezcan los controles normativos y los mecanismos de verificación relacionados con la extracción y el comercio de productos madereros. En este contexto, el Perú deberá:

iii) Aplicar plenamente las leyes y normas existentes para la gestión del sector forestal, y fortalecer las instituciones responsables de hacer cumplir estas leyes y cualquier aspecto del manejo forestal en el Perú. En este contexto, el Perú establecerá el OSINFOR, tal como dispone la Ley Forestal N.o 27308. El OSINFOR será una entidad independiente y separada, y su mandato incluirá la supervisión de la verificación de todas las concesiones y permisos madereros; 

No podemos leer la normativa de manera  separada o aislada, hay ciertos límites y uno puede interpretar y aplicar la norma específica pero bajo el principio de gobernanza ambiental; y el Osinfor, dentro del Ministerio del Ambiente, no evidencia necesariamente independencia ni separación de influencia, toda vez que el sector ambiente tiene responsabilidades expresas sobre “el uso sostenible de los recursos naturales” y “desarrollo sostenible de  nuestra Amazonía” establecidas en su norma de creación. Esto genera un claro conflicto de interés.

Fuera de ello generan dudas y preguntas sobre cuál es la urgencia de trasladar este organismo al Minam, ¿por qué no hacerlo con la Autoridad Nacional del Agua o con el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre? ¿A quién y por qué le urge “consolidar” la institucionalidad ambiental, o mejor dicho a conveniencia de quién?

   

¡Qué sigan deforestando!
Algunos corruptos veían con angustia la acción supervisora y fiscalizadora del Osinfor y apelaron a sus influencias en los más elevados sectores del gobierno para evitar que sus cargamentos de madera ilegal sean decomisados o retenidos, o que dicho organismo protegiera los bosques de algunas etnias selváticas.

La “solución” ha sido pasar el Osinfor al Minam, para que en todo dictamen o acción del Osinfor sea el Minam el que tenga la última palabra.

[Nota de Con Nuestro Perú]

 

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* César A. Ipenza es abogado especializado en materia ambiental, tiene una maestría en Espacios Naturales Protegidos y Gestión Pública. Es Profesor e investigador en materia ambiental.

Convoca.pe, 14-12-2018

http://convoca.pe/agenda-propia/quien-conviene-que-ahora-osinfor-dependa-del-ministerio-del-ambiente