Al 77% de ellos les habían dado muerte
 
Hasta julio de este año, durante la pandemia del COVID-19, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), entidad adscrita del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), registró el decomiso de un total de 824 especímenes de fauna silvestre, entre vivos y muertos (piezas o partes) procedentes de 141 intervenciones o hallazgos.
 
 
loros decomisados
 
De la cifra mencionada, el 77% (638) corresponde a ejemplares muertos (incluyen piezas o partes) y el 23% (186) son vivos. En este último caso, las especies con más incidencia de tráfico son la tortuga amazónica (motelo), la tortuga acuática de agua dulce (taricaya), así como, zarigüeyas, sapos, monos de diversas especies, como el fraile, choro y machín negro; murciélagos, y entre las aves, los pihuichos, tangaras, loros, halcones, entre otras.
 
Sobre los especímenes decomisados muertos, el 80% corresponde a las aves, seguidos de invertebrados (insectos, como escarabajos y mariposas para colecciones), mamíferos, entre otros. Al respecto, se debe considerar que en esta clasificación se contabilizan partes de ejemplares, que pueden incluir piezas dentales (colmillos) u otras partes de un mismo animal (cráneos, pieles, patas, etc.).
 
Uno de los casos muy sonados en pandemia, fue el hallazgo de 382 ejemplares de guanay muertos, ave que habita el litoral peruano y fueron encontrados sin plumas evisceradas, en una playa de Huarmey, en Ancash, por lo que este departamento registra el mayor número de reporte de animales silvestres muertos.
 
Por su parte, Lima se ubica en segundo lugar con 95 especímenes muertos o partes y 82 ejemplares vivos que fueron objeto de tráfico, donde destacan 40 aves, 29 reptiles y 13 mamíferos.
 
Cabe mencionar que las cifras incluyen los hallazgos de la fauna silvestre, denominado así, cuando los especímenes son encontrados fuera de su ambiente natural en diversas circunstancias y no existe un infractor.
 
El reporte proviene de ocho Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre (ATFFS), órganos desconcentrados del SERFOR, y solo incluye el registro del GORE Huánuco, uno de los nueve gobiernos regionales con las competencias forestales y de fauna silvestre transferidas.
 
Según la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, “está prohibido adquirir, comercializar, exportar o poseer recursos de fauna silvestre extraídos sin autorización o que provengan de centros no autorizados”. La mencionada norma prohíbe la captura, tenencia, comercio y tráfico ilegal de fauna silvestre.
 
El Perú cuenta con una Estrategia Nacional para Reducir el Tráfico Ilegal de Fauna Silvestre en el Perú, período 2017 – 2027 y su Plan de Acción 2017 – 2022 que tiene como uno de sus objetivos educar, sensibilizar y difundir información a la ciudadanía sobre el tráfico ilegal de fauna silvestre.
 
Por eso, el SERFOR lidera la campaña “Si compras, eres cómplice”, cuyo fin principal es reducir la demanda de animales silvestres de origen ilegal; y de brindar información a la ciudadanía sobre las consecuencias que esta actividad ilícita tiene contra el patrimonio natural del país y la salud humana, además de alertar sobre el maltrato animal.