Leyes laborales: no cambiar nada para que nada cambie

Por Humberto Campodónico


La discusión de diversas leyes sobre temas laborales viene produciendo algunos encontronazos entre, de un lado, el partido de gobierno y, de otro, los empresarios, que han recibido, ni más ni menos, el apoyo del ministro de Economía, Luis Carranza. La "urgencia" en la discusión de estas leyes tiene dos motivos políticos de fondo: 1) la desactivación del paro nacional convocado para julio y, 2) las exigencias del TLC con EEUU en materia laboral, que obligaron a la suscripción de sendas "addendas" al texto del TLC en el II Semestre del año pasado.


Una de las leyes en discusión es la de "tercerización", aprobada hace dos semanas en el Congreso con el apoyo del APRA. Sucede que los empleadores usan el método de las contratas para evitar poner a los trabajadores en planilla. Según el premier del Castillo, "aún existen compañías que explotan a los trabajadores, inventando mecanismos de intermediación para escamotear el pago de sus derechos, sin brindarles seguro social ni vacaciones" (El Comercio, 30/5/08).

Lo insólito es que el MEF de Carranza le ha pedido al Ejecutivo que la observe "por anticonstitucional", pues dice que "se le exige a la contrata que tenga pluralidad de clientes". Así, para el MEF, la contrata puede pasarse años con un solo cliente, la empresa principal, y eso no es ningún problema. Vaya con el MEF.

También se discute el régimen especial para la exportación no tradicional (XNT), dado por el DL 22342 de 1978 de Morales Bermúdez, que permite que, para el caso de la XNT, los exportadores contraten a personal eventual sin derecho a estabilidad laboral. La Comisión de Trabajo del Congreso la derogó, entre otros motivos, porque no exige límites en la renovación de los contratos temporales, "lo que constituye un abuso".

El ministro de Trabajo, Mario Pasco, presentó una contrapropuesta, que fue aceptada por la Comisión de Trabajo: que el plazo máximo de renovación de contratos temporales sea de 5 años y que el valor exportado no sea menor al 40% del total del valor de la producción vendida.

Lógico, de otra manera, una actividad permanente de la empresa exportadora es tratada como "temporal", permitiendo que el empresario incumpla con los derechos laborales. Además, la empresa tiene que ser exportadora "de verdad" (se sabe de empresas que se aprovechan de la ley y solo exportan el 5%) para acogerse al régimen especial. La oposición de los empresarios ha sido inmediata, afirmando que la ley "acabará" con las exportaciones no tradicionales, lo cual es falso.

El fondo de la cuestión es que los empresarios quieren seguir gozando, solos, de la enorme rentabilidad empresarial de los últimos años, que llega al 30% (ver "Ganancias récord y los que quedan afuera", www.cristaldemira.com, 13/5%08).

Pero sucede lo inverso con los sueldos y salarios reales. Según la Encuesta de Sueldos y Salarios del Ministerio de Trabajo para empresas de 10 y más trabajadores de Lima (tomando como base 1994 = 100), los sueldos solo han subido 2.6% a 102.6, mientras que los salarios han bajado y solo son el 86.7% de los de 1994. Esto se debe a que no hay sindicatos porque esta legislación vigente lo impide. Eso es lo que las leyes en discusión permitirían cambiar en algo. A lo que se oponen los empresarios y, también, el MEF. No cambiar nada para que nada cambie, ese es su lema.

Corrección: el segundo párrafo del artículo del lunes 9 de junio, ¿Exportar el gas de Camisea", debió decir: "Del 2007 al 2027, la demanda local será de 6.60 TCF (trillones de pies cúbicos de gas, en inglés)".

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