CCL Propone reestructurar reclamación tributaria

Para poner fin al engorroso procedimiento que demora actualmente entre 4 y 5 años

Gremio empresarial considera que reclamos tributarios deben ser resueltos por dos instancias del Tribunal Fiscal y no por la Sunat, que actúa como juez y parte en el procedimiento contencioso tributario.

La Cámara de Comercio de Lima informa que una de las propuestas para perfeccionar el sistema tributario, que próximamente serán presentadas a la Comisión de Economía del Congreso y al Ministerio de Economía y Finanzas, está referida al pedido reiterado de los contribuyentes, para que los reclamos tributarios sean resueltos por una entidad independiente distinta a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) por cuanto ésta actúa como “juez y parte” en las reclamaciones fiscales.


La Comisión de Tributación de la Cámara de Comercio de Lima señaló que, de acuerdo a las disposiciones del Código Tributario, en su oportunidad elaboradas por la Administración Tributaria, la SUNAT goza de facultades discrecionales para administrar, recaudar, fiscalizar, sancionar a los contribuyentes y adicionalmente, resolver en primera instancia sus propias resoluciones en los procesos donde la propia SUNAT es parte interesada.

La propuesta

La propuesta del gremio empresarial se orienta a reestructurar la composición y funcionamiento del Tribunal Fiscal y de la SUNAT, para que esta última se encargue de administrar, fiscalizar y sancionar a los que no declaran ni pagan los tributos de ley, pero que los reclamos administrativos los resuelva una primera instancia del Tribunal Fiscal, entidad que a la vez debe tener una segunda instancia que resuelva las apelaciones, detalla la CCL.

Por su parte, la SUNAT en lugar de resolver expedientes, debe dedicarse a su labor principal: fiscalizar y sancionar a los evasores e incumplidores, ampliando así la base de contribuyentes para mejorar la recaudación fiscal.

Reestructuración

La Cámara de Comercio de Lima considera que su propuesta no irrogará mayores gastos, por cuanto todo el personal de SUNAT que actualmente está encargado de resolver los reclamos, pasaría a conformar la primera instancia del Tribunal Fiscal, inclusive en forma descentralizada, utilizando parte de la infraestructura con la que cuenta SUNAT a nivel nacional.

“De esta forma, el Gobierno ahorraría el dinero que ahora invierte en una instancia que sólo cubre la apariencia de serlo, pues en la generalidad de los casos sólo confirma las pretensiones de SUNAT”, expresa la CCL.

La Cámara explica que dicho dinero se destinaría a ampliar el presupuesto del Tribunal Fiscal. “Los funcionarios técnicos, con una nueva orientación y capacitación permanente, resolverían con justicia y equidad, evitando la tremenda carga de apelaciones que actualmente soporta el Tribunal Fiscal”, afirma.

Al 31 de julio de 2008, según las estadísticas oficiales, el Tribunal Fiscal aún mantiene un pasivo de 26,910 expedientes no atendidos. Se trata de expedientes acumulados que corresponden a los años 2004, 2005 y 2006 que aún no han sido atendidos, generando incertidumbre entre los contribuyentes, pero además la acumulación de intereses moratorios que convierten a la deuda en impagable, expresa la CCL.

Justicia tardía

En los hechos, la SUNAT genera miles de pretensiones de cobro de impuestos y multas, que son materia de reclamo. Estos reclamos son resueltos por la propia SUNAT y, como es de suponer, la mayoría de las pretensiones de cobro son confirmadas.

El contribuyente entonces recurre al Tribunal Fiscal, última instancia administrativa, confiando lograr que esta instancia superior atienda sus argumentos y obtener de este modo la ansiada justicia.

Sin embargo, deberá esperar entre 4 y 5 años para obtener respuesta. La CCL considera que no es justo que el contribuyente viva al pendiente por tanto tiempo, manteniendo contingencias en sus estados financieros que afectan la buena marcha de su empresa, las cuales cada año se incrementan con intereses que se aplican a la “deuda” como a la multa que regularmente la acompaña.

“Al final, el resultado es evidente: el Tribunal Fiscal se ve agobiado por la carga de procesos que no debería revisar, si el órgano de primera instancia hubiese aplicado criterios imparciales”, puntualiza el gremio empresarial.

La Cámara de Comercio de Lima considera que una de las tareas pendientes del Congreso de la República, de la actual administración del Ministerio de Economía y Finanzas y de la SUNAT es el impulso de una reforma tributaria, a fin de configurar un sistema impositivo justo, equitativo y promotor de la formalización.

PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO TRIBUTARIO 

PROCEDIMIENTO ACTUAL

PROCEDIMIENTO PROPUESTO

PRIMERA INSTANCIA

  SUNAT emite miles de resoluciones de determinación, órdenes de pago y multa que notifica al contribuyente.

 

  El contribuyente tiene 20 días hábiles para reclamar ante SUNAT.

 

  La SUNAT debe resolver las reclamaciones dentro de los 9 meses y hasta 01 año (silencio administrativo negativo)

 

SEGUNDA INSTANCIA

Las resoluciones de SUNAT se apelan ante el Tribunal Fiscal (última instancia administrativa).

 

El Tribunal Fiscal debe resolver dentro de los 12 meses y hasta 18 meses, según los casos (plazos que no se cumplen).
 

En la práctica, el proceso contencioso tributario demora entre 4 y 5 años.

RECONSIDERACIÓN

   El contribuyente que no esté conforme con una resolución de SUNAT podrá plantear reconsideración dentro de los 10 días hábiles de su notificación, la cual debe resolverse en 20 días hábiles.

 

PRIMERA INSTANCIA

   Resuelta la reconsideración o vencido el plazo, el contribuyente podrá reclamar ante la primera instancia del Tribunal Fiscal, la que debe resolver en un plazo máximo de 6 meses.

SEGUNDA INSTANCIA

• La resolución del TF en primera instancia podrá apelarse ante la segunda instancia del mismo Tribunal, que deberá de resolver en 4 meses.

 

Con tal procedimiento,  los expedientes deberán de resolverse en el plazo máximo en un año.

Fuente: Comisión de Tributación de la CCL