Prórroga vencerá entre marzo y abril

Si bien el miércoles 28 de febrero venció el plazo para el pago al contado o de la primera cuota del impuesto predial 2018, un total de 16 municipalidades de Lima Metropolitana decidieron prorrogar la fecha de vencimiento extendida entre el 28 de marzo y el 7 de abril, informó el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima.

"Ello conforme a la Ley de Tributación Municipal, que faculta a las municipalidades a prorrogar dicho plazo en su respectiva jurisdicción, sin la aplicación de intereses moratorios ni multas", manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal CCL.

El ejecutivo de la CCL manifestó que si se opta por el pago fraccionado del impuesto predial, la primera cuota debió pagarse el 28 de febrero último o en la fecha de prórroga dispuesta por cada municipio. El pago de la segunda cuota debe efectuarse hasta el 31 de mayo, la tercera cuota hasta el 31 de agosto y la cuarta cuota hasta el 30 de noviembre de 2018. Cabe precisar que las tres últimas cuotas serán ajustadas con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INEI.

En el caso de arbitrios, cada municipalidad dispone la periodicidad del pago, en algunas municipalidades el pago es mensual y en otras en forma trimestral. "La cuponera donde consta el monto del impuesto predial y de los arbitrios a pagar por el año 2018, está siendo notificada a cada uno de los contribuyentes en sus respectivos domicilios fiscales", señaló.

De acuerdo a las ordenanzas y decretos de alcaldía publicados en el Diario El Peruano (que constan en el cuadro adjunto), varias municipalidades de Lima han prorrogado el plazo para el pago al contado o la primera cuota del impuesto predial y arbitrios del año 2018, en determinados casos con descuentos.

En varios casos la prórroga del plazo es hasta el  miércoles 28 de marzo, lo que está claro. Sin embargo, algunas municipalidades han establecido que el plazo de prórroga vencerá el 30 de marzo (viernes santo) y el sábado 31 de marzo (inhábil). En estos casos, según la Norma XII del Código Tributario, la prórroga se extenderá hasta el lunes 2 de abril de 2018.

En efecto, el Código Tributario dispone, cuando los plazos vencen en día inhábil para la Administración, se entenderán prorrogados hasta el primer día hábil siguiente.

 

Las municipalidades que han dispuesto prórroga son:

MUNICIPALIDAD

ALCANCES DE LA NORMA MUNICIPAL

VENCIMIENTO

Barranco

D.A. 01-2018

Descuentos por pago del impuesto predial y arbitrios

28.03.18

La Molina

D.A. 03-2018

Prórroga para el pago del impuesto predial y arbitrios

28.03.18

Los Olivos

Ord. 474

Prórroga para el pago del impuesto predial y arbitrios

28.03.18

Pueblo Libre

D.A. 05-2018

Prórroga para el pago del impuesto predial y arbitrios

28.03.18

Rímac

D.A. 04-2018

Prórroga para el pago del impuesto predial y arbitrios con descuentos

30.03.18

San Borja

D.A. 04-2018

Prórroga para el pago del impuesto predial y arbitrios

28.03.18

San Juan de Lurigancho

D.A. 02-2018

Beneficios tributarios a contribuyentes

31.03.18

Surco

D.A. 06-2018

Prórroga para el pago del impuesto predial y arbitrios

31.03.18

Villa El Salvador

D.A. 01-2018

Incentivos para el pago del impuesto predial y arbitrios

31.03.18

Villa María del Triunfo

D.A. 01-2018

Incentivos tributarios a los contribuyentes

30.03.18

El Agustino

Ord. 639

Facilidades para el pago del impuesto predial y arbitrios

22.03.18

Breña

D.A. 01-2018

Incentivos para el pago del predial y arbitrios

28.03.18

Carabayllo

D.A. 02-2018

Descuento del 15% por pago total de arbitrios

31.03.18

La Victoria

D.A. 01-2018

Incentivos por pago del predial y arbitrios

31.03.18

Lince

D.A. 04-2018

Nuevo plazo para pago del predial y arbitrios

07.04.18

San Martín de Porres

D.A. 04-2018

Pago predial y arbitrios

28.03.18