Con nuevas normas MEM no protege zonas de gran valor ecológico

Mediante Decreto Supremo N.º 055-2008-EM, el Ministerio de Energía y Minas modificó el Reglamento de Procedimientos Mineros ampliando las prohibiciones para concesiones en terrenos ocupados por monumentos arqueológicos o históricos, la Red Vial Nacional, oleoductos, gasoductos, poliductos, cuarteles, puertos u obras de defensa nacional o Instituciones del Estado con fines de investigación científico-tecnológico.


La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, detalla que se deberá indicar en el título de concesión correspondiente la obligación de respetar la integridad de las referidas construcciones e instalaciones.

La secretaria ejecutiva de la Red Muqui, Ana Leyva, sostuvo que la norma se da después de otorgarse en concesión minera zonas donde se ubica el gasoducto de Camisea. La norma establece prohibiciones en este tipo de situaciones, pero además protege el patrimonio histórico y arqueológico, así como parte de la infraestructura del Estado.

"Sin embargo, consideramos que hay otros lugares que por su importancia también deberían acarrear prohibiciones o restricciones al otorgamiento de concesiones mineras. Es el caso de las cabeceras de cuenca, los páramos, los nevados, las tierras de alto valor agroecológico, etc.", indicó la secretaria ejecutiva de la Red Muqui.

La doctora Leyva recordó que en cuanto a las tierras agrícolas es necesario proteger, por lo menos, las que tienen un alto valor ecológico y productivo, más si consideramos que sólo el 6% del territorio nacional está preparado para la agricultura y que es una obligación del Estado el velar por la seguridad alimentaria.