El gobierno de Nicaragua tomó la palabra a Colombia sobre iniciar un diálogo entre ambos países de cara a un tratado, pero este, según el inconstitucional presidente Daniel Ortega Saavedra, deberá ser para cumplir las disposiciones del fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya del 19 de noviembre de 2012.

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“Tratado para qué. El único objetivo de un tratado, con una sentencia de la Corte (CIJ), es que se haga cumplir el mandato de la Corte”, dijo Ortega, para quien el contenido de la sentencia es innegociable.

“El llamado es a que respaldemos la sentencia de la Corte, es una cuestión de principio elemental. Eso no se somete a discusión ni negociación. Los fallos de la Corte son de obligatorio cumplimiento y lo que debería haber es un respaldo al fallo de la Corte Internacional de Justicia, total”, sentenció Ortega.

El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, el pasado lunes, en un mensaje a la nación, indicó que el fallo de la CIJ es inaplicable y que ello se mantendría hasta tanto no se celebrara un tratado con Nicaragua.

Ortega dijo estar de acuerdo en que haya un diálogo entre ambos gobiernos y que para ello se creen las comisiones correspondientes para trabajar en las negociaciones y que de esas discusiones salga un tratado. Este tratado, según Ortega, deberá permitir una transición entre las delimitaciones antes del fallo de la CIJ y las delimitaciones establecidas en dicha sentencia.

Ortega citó a la canciller colombiana María Ángela Holguín, quien indicó que deseaba conversar con Nicaragua “en camino hacia un tratado, saber cómo ve el presidente [Daniel] Ortega esta posibilidad”. Ante ese planteamiento Ortega recordó que Nicaragua ha manifestado su voluntad de diálogo tanto a Colombia como a Costa Rica, país con el que Nicaragua tiene diferendos territoriales.

El tratado, propone Ortega, debe establecer las delimitaciones que ha marcado la Corte en su fallo y que sea respetado por ambos países para en conjunto proteger la Reserva de Biosfera Seaflower.

Santos explicó cuatro puntos de la estrategia colombiana en torno al fallo.

El primero es que la Constitución Política de Colombia establece que los límites territoriales solo pueden modificarse mediante un tratado1 y además ratificados por el congreso. Por tanto, el fallo no será aplicable hasta tanto no haya un tratado que proteja los derechos de los colombianos.

A este respecto Ortega señaló que Santos envía una señal contraria al respeto del orden internacional, pues el argumento de que la Constitución de Colombia no lo autoriza es dejar a un lado el peso que tiene la misma Carta Magna en cuanto a deberes y compromisos de la nación colombiana con el Derecho Internacional, que es el que prevalece. Ese tipo de posturas, según Ortega, debilitan a los organismos como la CIJ.

Un segundo paso en la estrategia colombiana develada por Santos fue la firma de un decreto en el cual establecen una Zona Contigua Integral, a través de la cual unen las zonas contiguas de todas las islas y cayos en el mar Caribe Occidental. Sobre esta zona, según Santos, seguirán ejerciendo jurisdicción y control [pese al fallo de la CIJ]. El tercer paso de Colombia implica acudir a todos los medios jurídicos y diplomáticos para proteger la Reserva Seaflower.

Ortega insistió en que Nicaragua es la que ha hecho llamados al diálogo y que en un eventual tratado además deberá contemplarse convenios para la pesca, para la protección del medio ambiente, para la lucha contra el narcotráfico y todo lo que corresponda a lo que ya ha sido delimitado por La Haya.

Un planteamiento ridículo

El cuarto paso de la estrategia de Colombia radica en contener lo que ellos llaman “el expansionismo de Nicaragua en el Caribe”.

Ortega consideró ridículo el señalamiento de que Nicaragua es expansionista, puesto que más bien ha sido víctima en diferentes momentos de su historia. Explicó que se trata de leyes contrarias al expansionismo que se hace oír por la fuerza, el chantaje o la ocupación militar.

“Aquí ambos acordamos ir al juez y por tanto estamos obligados a reconocer la sentencia del juez”, indicó Ortega.

El mandatario recordó que en el Derecho Internacional es permitido solicitar la plataforma continental ampliada2 y que en el mundo hay 67 Estados con reclamos similares, nueve de ellos son latinoamericanos3. “Entonces no es cierto que Nicaragua esté actuando de una forma expansionista, que es el término que están utilizando quienes ahora rechazan el Derecho Internacional”, afirmó Ortega.

Que Costa Rica se defina 

Ante el respaldo de Costa Rica a Colombia, el presidente inconstitucional Daniel Ortega llamó a que Costa Rica clarifique su posición de si reconoce o desconoce la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia porque, de desconocerla, no tendría ningún sentido continuar con los diferendos territoriales que se desarrollan en el máximo tribunal. “Nos hace pensar seriamente qué estamos haciendo con Costa Rica en la Corte si está desconociendo las sentencias de la Corte”, planteó Ortega.

Costa Rica confirmó ayer que, junto con Colombia, Jamaica y Panamá, prepara una carta para el secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, que alerte sobre la “actitud hostil y expansionista” de Nicaragua, aunque desvinculó el asunto de la posición de Bogotá frente a un fallo de la CIJ

La Prensa.com.ni, Managua 11-09-2013

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El presidente Santos se aferra a una interpretación parcial del artículo 101 de la Constitución de Colombia, que parecería impedir acatar el fallo de la CIJ: "Los límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República […]”; pero lo que sigue —“y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la Nación"— se refiere precisamente a casos como el del laudo de la CIJ del 19 de noviembre de 2012. [Nota de Con nuestro Perú.]  

2 Para solicitar la extensión de su plataforma continental hasta 350 millas, Nicaragua se basa en los párrafos 5 y 6 del artículo 76 de la Convención del Mar; el 6 dice: “No obstante lo dispuesto en el párrafo 5, en las crestas submarinas el límite exterior de la plataforma continental no excederá de 350 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial”. [Nota de Con nuestro Perú.]

3¿Entre ellos está el Perú? [Nota de Con nuestro Perú.]

 

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