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Serviles intentan tapar favorecimiento a Chile (triángulo terrestre y tierras agrícolas)

Por Jesús Millán Alejos

Una entelequia de países autodenominada Grupo de Lima emitió el 4 de enero de 2019 un comunicado único y sin precedentes en la historia diplomática latinoamericana.

En el documento expresan “su profunda preocupación por la interceptación realizada el día 22 de diciembre de 2018 de una nave de investigación sísmica, por parte de la marina venezolana, dentro de la zona económica exclusiva de la República Cooperativa de Guyana”. Ahora bien, ¿hay alguna verosimilitud en tan descabellada afirmación?

Venezuela y Guyana, tienen un diferendo territorial de vieja data, incluso se remonta a antes de la fundación de ambas naciones, en vista de que Venezuela posee títulos que demuestran la propiedad del territorio al oeste del Río Esequibo que datan desde la firma de los Tratados de Münster en 1648, que formaron parte de la Paz de Westfalia.

Sin embargo, este y otros tratados que firmó el entonces Imperio Español con sus pares en Europa no bastaron para que la geofagia inglesa desconociera su palabra empeñada, aprovechándose de la joven Venezuela, para despojarle de más de 150 mil kilómetros cuadrados, lo cual ha creado en la psiquis de sus ciudadanos, un profundo sentimiento de injusticia y desconfianza en la justicia arbitral internacional.

Salvo, por supuesto, en la oligarquía venezolana, que históricamente ha ofrecido en bandeja de plata el territorio en disputa a potencias imperiales cuando ha surgido algún líder histórico incómodo, como pretendieron en 1859 ofrecer la Guayana a los ingleses con tal que mataran a Ezequiel Zamora, tal como lo cuenta magistralmente Federico Brito Figueroa, repitiéndose tristemente la historia.

Ahora bien, el despojo se hizo “cosa juzgada” al consumarse el humillante Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899, en el cual no solamente se desconoció todo título o tratado solemne firmado por el Imperio Británico con Holanda, España e incluso con Venezuela en 1850; sino que la nación suramericana no tuvo participación en la configuración del Tribunal, delegándose en los Estados Unidos de América su representación.

De hecho, los árbitros que representaron a Venezuela, Meville Weston Fuller y David Brewer, Presidente y Juez Asociado respectivamente de la Suprema Corte de EE. UU., así como Frederic de Martens (árbitro presidente), Miembro Permanente del Consejo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Rusia, votaron en contra de Venezuela, junto por supuesto a los ingleses Russell de Killowen y Henn Collins, configurando la primera y única decisión unánime de la historia en este tipo de diferendos.

Venezuela fue objeto de un despojo territorial, enmarcado en lo que se denominó “el Gran Juego” al ser objeto de una negociación entre potencias imperiales, al tener pretensiones el Imperio Ruso de extender su frontera en Asia por el Estrecho del Bósforo, así como por la actual Afganistán limítrofe con la colonia de la India, joya de la corona del Imperio Inglés.

Luego de que Venezuela levantara la voz en diferentes escenarios internacionales, como la IX y X Conferencia Interamericana, en 1962 llevó el caso a la Asamblea General de la ONU, hasta que el 17 de febrero de 1966 se firmó el “Acuerdo para la Resolver la controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, sobre la Frontera entre Venezuela y Guayana Británica”, mejor conocido como Acuerdo de Ginebra.

A través de este instrumento, el actual Gobierno de la República Cooperativa de Guyana reconoció que existe una controversia en la delimitación con Venezuela y que la debe resolver por los medios establecidos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas, los cuales deben ser acordados por ambas partes, no de manera unilateral, mucho menos impuesto por un tercero.

Por último, el Grupo de Lima al hacer su patética declaración, contradiciendo todo principio de no interferencia en asuntos bilaterales, hace gala de su ignorancia en el tema, al presentarse el altercado en aguas bajo jurisdicción venezolana y fuera del territorio en disputa, cuyas coordenadas fueron: latitud 09° 17’ 4” N longitud 58° 15’ 7” W, y latitud 9° 15’ 0” longitud 58° 17’ 3” W, en la proyección marítima del Delta del Orinoco, de indubitable soberanía de Venezuela.

Ojalá que el numeral 9 de la declaración haya sido por inopia y no por odio a su pueblo, que seguirá diciendo al unísono: “El Sol de Venezuela nace en el Esequibo”.

     

Sputnik, 09-01-2019
https://mundo.sputniknews.com/blogs/201901091084606089-declaracion-del-grupo-de-lima-y-historia-de-venezuela/

 

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