El juez de Buenos Aires, Andrés Gallardo, ordenó a la alcaldía de la capital argentina que prohíba toda plataforma virtual de reparto de mercaderías a domicilio que no cumpla la legislación vigente o que no esté registrada en un fallo emitido el 2 de agosto pero cuyo contenido definitivo fue dado a conocer esta semana.

"Ordenan clausurar plataformas si no cumplen con las normas", informaron fuentes judiciales a las que accedió esta agencia.

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El titular del Juzgado número 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario hizo lugar a una acción de amparo colectivo y ordenó al Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, que dirige Horacio Rodríguez Larreta, que en forma inmediata exija a estas empresas el acatamiento del Código de Tránsito y Transporte y la normativa laboral y previsional.

En dos escritos caratulados como "Envíos Ya y Otros contra GCBA sobre Amparo – Otros", el magistrado también ordenó respetar la vigencia de la medida cautelar y de las resoluciones dictadas en consecuencia hasta tanto adquiera firmeza la decisión de fondo.

Por lo tanto, Gallardo prohibió el desarrollo de la actividad de mensajería y reparto de sustancias en bicicleta o moto por parte de las personas físicas o jurídicas que "no se encuentren inscriptas en el Rutramyc (Registro Unico de Trabajadores en Motovehículos y Ciclorodados) y que no den íntegro cumplimiento al Código de Tránsito y Transporte y su decreto reglamentario así como a la normativa laboral y previsional en lo que hace a la relación de dependencia que ostentan los repartidores respecto de las empresas que los engloban".

En consecuencia, el magistrado ordenó al Gobierno de la ciudad de Buenos Aires que proceda a clausurar o inhabilitar de oficio a toda empresa, plataforma virtual o informática que en la capital argentina no se encuentre debidamente registrada.

El juez también dispuso encomendar al ministro de Justicia y Seguridad, Diego Santilli; al de Desarrollo Urbano y Transporte, Franco Moccia; y al de Gobierno, Guido Screnci, que "adopten todos los recaudos necesarios para llevar adelante los controles preventivos, así como las medidas coercitivas y punitivas, que tiendan a evitar el desarrollo de la actividad de delivery y reparto fuera del marco normativo descripto, bajo apercibimiento de formular la pertinente denuncia ante la Justicia en lo Penal, Contravencional y de Faltas".

Gallardo puso en conocimiento de su sentencia a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, a la Cámara Nacional de Previsión Social y a la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En los últimos meses han proliferado en la ciudad de Buenos Aires mensajeros que trabajan para aplicaciones como Glovo, Rappi y Pedidos Ya.

El jefe de Gobierno salió el 5 de agosto en defensa de estas empresas y criticó el fallo de magistrado al descalificarlo como "político".

SputnikNews, 06.08.2019