La sentencia de la Corte de La Haya en el caso Argentina con Uruguay
La sentencia de la Corte de La Haya en el caso Argentina con Uruguay
Por Manuel Rodríguez Cuadros
En 1961, el 7 de abril, Argentina y Uruguay suscribieron el Tratado de Límites en el Río Uruguay, cuyas aguas tienen un curso sucesivo que discurre por los territorios de ambos países. En el Art. 7 de este tratado se previó la negociación de un acuerdo específico sobre el régimen de aprovechamiento de las aguas, el suelo y subsuelo, la navegación y preservación del río. Con esa finalidad, el 19 de noviembre de 1973 se suscribió el estatuto del río Uruguay. A través del Art. 60 ambos países acordaron que, en caso de que una controversia no fuese solucionada por negociaciones directas, cualquiera de las partes podría recurrir a la Corte Internacional de Justicia.
![]() |
En 1961, el 7 de abril, Argentina y Uruguay suscribieron el Tratado de Límites en el Río Uruguay, cuyas aguas tienen un curso sucesivo que discurre por los territorios de ambos países. En el Art. 7 de este tratado se previó la negociación de un acuerdo específico sobre el régimen de aprovechamiento de las aguas, el suelo y subsuelo, la navegación y preservación del río. Con esa finalidad, el 19 de noviembre de 1973 se suscribió el estatuto del río Uruguay. A través del Art. 60 ambos países acordaron que, en caso de que una controversia no fuese solucionada por negociaciones directas, cualquiera de las partes podría recurrir a la Corte Internacional de Justicia.