Autorizan a “cachorreros” a vender oro con declaración de concesionarios
Norma también se aplicará a “madres pallaqueras”
Las terceras personas naturales que obtengan oro a través de la realización de actividades mineras relacionadas a los concesionarios o a los operadores que hubieren celebrado contratos de explotación con los concesionarios, podrán venderlo o comercializarlo al amparo de la Declaración de Compromisos de los concesionarios o de los operarios de contratos de explotación, de cuyos derechos mineros provenga el mineral.