Áreas marítimas y defensa nacional

Por Alfredo Palacios Dongo


El pasado viernes 28 de enero se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Suprema N.° 034-2011-DE/, en la que sin pedir opinión a la Marina de Guerra del Perú, se dispone levantar la reserva de un área acuática establecida para fines de Defensa Nacional, para la construcción y concesión por 20 años de un terminal de embarque de minerales al norte del muelle 7, y sobre el cual no existe un estudio técnico oceanográfico.
 
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Dicho levantamiento afecta un área comprendida entre el muelle N°5 de minerales y el varadero “el ancla”, y por su cercanía y orientación al muelle marginal, donde se amarran las unidades navales, restringirá en la rada interior sus operaciones y maniobras, y además impedirá el desarrollo de futuros proyectos de la Marina. De igual forma, en el Terminal Norte Multipropósito, de acuerdo a lo planteado por la Autoridad Portuaria Nacional (APN), se proyecta la ampliación de unos cien metros del muelle N.° 5 de minerales, lo cual afectaría otra zona del área acuática de la Base Naval, y además, las gradas de construcción y diques flotantes del astillero del Servicio Industrial de la Marina —único de alto bordo en el país—, lo cual reduciría su capacidad de construcción de buques de alto bordo y los procesos de reparación de todas nuestras unidades en los diques flotantes, y truncaría futuros proyectos de nuevos diques para reparaciones de buques más grandes tipo panamax.

Bajo este panorama, se estarían proyectando además otros trabajos de expansión portuaria circundantes a la Base Naval del Callao, la cual no debería estar comprendida dentro del proceso de promoción a la inversión, y la Marina de Guerra, como parte integrante de las FF AA, cuya finalidad primordial es la de garantizar la independencia, soberanía e integridad territorial de la República, debe ser consultada sobre cualquier modificación o afectación de áreas acuáticas para la Defensa Nacional. La Marina cuenta con 51 áreas acuáticas en todo el territorio –reservadas con RS N.° 694-2005-DE/MGP– para cumplir sus funciones, las que conjuntamente con sus unidades, dependencias, bases, instalaciones portuarias, capitanías de puerto, entre otras, están destinadas en uso exclusivo y reservado para la Defensa Nacional, para garantizar el control y la seguridad de nuestro dominio marítimo de 200 millas, y los ámbitos lacustre y fluvial en el territorio nacional.

Por último, el presidente Alan García personifica a la Nación y no debería emplear expresiones desmedidas al hablar de “golpe militar” ni usar frases ordinarias como “cada chancho a su rancho” contra quienes, como cualquier ciudadano, nos hemos manifestado en contra de dicha medida por afectar la Defensa Nacional. Expreso, 05.02.2011.