El Pleno del Congreso aprobó una reforma que modifica el artículo 3 de la Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, que amplía la cobertura de EsSalud para hijos mayores de 18 años hasta los 28 años de edad.

 

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Esta medida, respaldada por una amplia mayoría, busca garantizar el acceso a la salud de jóvenes en etapa académica. En esta nota te contamos todos los detalles sobre este beneficio.

Esta iniciativa legislativa, que contó con 91 votos a favor, 13 en contra y 8 abstenciones, permite que los hijos solteros de hasta 28 años puedan obtener la ampliación del seguro médico.

Según declaró el presidente de la Comisión de Trabajo, Pasión Dávila, el objetivo de esta medida es proteger el derecho a la salud de jóvenes que son dependientes de sus padres y que están dedicados exclusivamente a su formación académica.

Además, los beneficiarios deben estar realizando con éxito estudios superiores o técnicos de manera continua y ser solteros.

Para poder beneficiarse y acceder a la ampliación del seguro de EsSalud hasta los 28 años, los hijos de los afiliados deben cumplir con los siguientes requisitos:

    Ser solteros.

    Estar realizando con éxito estudios superiores o técnicos de manera continua.

    No ser afiliados obligatorios.

La cobertura de los hijos se inicia desde la concepción, durante la atención a la madre gestante, y se extiende hasta los 28 años, siempre y cuando se cumpla con las condiciones indicadas.

Con esta nueva medida, no solo se beneficiaran los hijos de hasta 28 años de edad, otros familiares directos o derechohabientes también podrán acceder a los servicios de seguro en EsSalud. Los interesados en inscribir a algún familiar deben acercarse a las oficinas del seguro.

    El cónyuge o concubina(o).

    Los hijos menores de edad.

    Los hijos mayores de 18 años incapacitados en forma total y permanente para el trabajo, de acuerdo a la calificación que realice EsSalud.

EsSalud establece que las personas que han perdido su empleo pueden acceder a servicios médicos por un periodo de hasta 12 meses. Este beneficio se calcula en función de las contribuciones realizadas en los tres años previos a la finalización del contrato laboral.

El periodo de latencia se activa automáticamente tras el cese del empleo, lo que garantiza cobertura médica durante un tiempo determinado.

La cobertura para hijos de hasta 28 años de edad se otorga siempre y cuando sean solteros y estén cursando estudios técnicos o superiores.