nino pcNiños no estarán protegidos contra pederastas y norma es anticonstitucional

Para proteger a los menores, se promulgó el 2003 la ley 28119, que obliga a los propietarios de cabinas de internet a tomar medidas que impidan a los menores acceder a páginas de contenido pornográfico o que atenten contra su integridad moral. La nueva propuesta aprobada este mes de noviembre incluye un control a los adultos usuarios de estas cabinas, quienes no están sujetos al uso de filtros de contenido, pero sí estarán obligados a registrar su nombre, documento de identidad y las horas de ingreso y salida de la cabina.

 

Sin embargo, la modificación que busca controlar a los adultos es violatoria de la Constitución Política del Perú, puesto que contempla la violación de la intimidad de los adultos al obligarlos a dar nombre, DNI, registrar las horas, porque en la computadora quedarán registradas las páginas que visitó.

Esto equivale a que uno esté obligado a decir qué diarios, revistas o libros lee, qué película ve, pues son elecciones que constituyen parte de la intimidad personal. Nadie puede obligar a una persona a revelar si lee sobre política, religión, sexo o lo que sea. Son decisiones que están enmarcadas en la esfera íntima de la persona y sólo debería revelarlas en forma voluntaria.

Además, la Constitución Política del Perú, que se adecuó a la época de la informática, establece:

Artículo 2.º
Toda persona tiene derecho:

6. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

Ahora bien, podríamos decir que los adultos aceptan perder su intimidad por un fin superior, esto es, la protección a la niñez. El problema es que la norma en realidad no constituye ninguna garantía o protección considerable contra actos que afecten a los menores. Siempre existe la posibilidad de que, por ejemplo un pederasta, falsifique su documento, dé nombre falso o burle de alguna otra forma el control. Además, siempre podrá chatear libremente pervirtiendo a los niños sin ser necesariamente detectado.

No debe dejarse de tomar en cuenta que el registro de los adultos con todo detalle podría ser empleado por un gobierno dictatorial para fines represivos o de chantaje. Por ejemplo, pueden quedar huellas de comunicación por relaciones de adulterio u homosexualidad. Estos rastros podrían ser utilizados para chantajear a los ciudadanos, teniendo en cuenta que todos los usuarios serán identificados.

La norma complica, además, el trabajo de un modesto vendedor de servicios de cabina y constituye una falsa ilusión para los padres, quienes engañados creerán que sus hijos estarán protegidos por las nuevas disposiciones.

¿Cuál es la solución?

En realidad no existe la solución perfecta, pero habría un camino más práctico y que proteja mucho más a los menores, sin lesionar la intimidad de los adultos, como veremos.

¿Cuál es la dimensión del chat?

Los padres de familia muchas veces han conocido la computadora siendo ya mayores y no tienen mucha idea de lo que significa el chat, pues lo toman como cualquier otra utilidad de la computadora.

Es necesario que se tenga muy presente que el chat equivale a una conversación casi real, es de veras real, con la diferencia que no siempre se sabe quién es el interlocutor.

Entonces, ¿dejaría un padre de familia que su niño o niña hable con desconocidos en la calle u otro lugar sin que nadie los vea ni sepa de qué hablan? Todos dirán que no. Por lo mismo, el chat no debería ser permitido a los niños, a menos que estén acompañados de sus padres o tutores. Es a través del chat que se originan los casos de abuso de menores, pero no sólo de menores, hasta mujeres adultas son víctimas de depravados, con mucha más facilidad estos monstruos pueden engañar a un menor.

Por otro lado, también el correo electrónico es otro instrumento de los abusadores, pero es usado en menor grado.

Que las máquinas hagan el trabajo

Pero un padre de familia no puede acompañar todo el tiempo a sus hijos a la cabina. La solución que hace falta es un filtro o software que impida el uso del chat y el correo electrónico a los menores en las cabinas.

No obstante, el chat y el correo pueden ser de necesidad para un niño. Para esto sería necesario desarrollar un software que permita al niño entrar a conversar por esos medios con códigos, es decir, cada niño podría ingresar a la computadora con códigos autorizados por sus padres, de manera que pueda comunicarse solamente con quienes sus padres le autoricen, para ello, el padre acompañaría sólo por la primera vez al niño para que registre su código en la cabina.

Con un mejor software, hasta se podría diseñar una tarjeta para que pueda trasladarse a otro local de cabinas, en realidad la solución no es legal, sino de cómputo.

Al fin y al cabo, en el Perú tenemos muchos y muy hábiles programadores desempleados, a quienes el estado podría dar trabajo para que desarrollen el software, el cual sería mucho más efectivo que la norma aprobada

Por otro lado, la propuesta también contempla la prohibición del ingreso de los menores en horario escolar. Este punto constituye un problema, puesto que hay colegios que funcionan en la mañana y otros en la tarde. No obstante, la complicación es subsanable si se organiza a las Unidades de Gestión Educativa Locales (UGEL), para que informen a las cabinas sobre los horarios de los colegios del distrito. Aún así, habrá niños que estudien en otros distritos, y podrán verse impedidos de desarrollar sus tareas si se les prohíbe el ingreso.

En resumen, es positivo que exista preocupación por la niñez, pero lamentablemente esas normas no son garantía de que los menores no serán víctimas de sujetos indeseables. No se debe engañar a los padres haciéndoles creer que con la nueva ley sus hijos estarán protegidos de toda clase de depravados, quienes seguirán cometiendo sus fechorías.