SERFOR advirtió sobre  el uso de estos especímenes, entre armadillos, sapos, zorros, venados, quirquinchos y anacondas, con fines chamanísticos por fiestas de fin de año. En esta época del año, también aumenta la venta de fauna viva como mascotas. En recientes intervenciones, se detectó la comercialización de tortugas taricaya y motelo, así como de loros.
 
La captura, caza, recolección, posesión, venta, extracción, transporte, almacenamiento, exportación, importación y reexportación de especies de flora y fauna silvestre, sin la autorización correspondiente, son delitos castigados con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de cinco años, advirtió el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Riesgo.
 
quirquincho charlatana
 
En operativos en Lima y en el interior del país, los profesionales del SERFOR detectaron partes (patas, cabezas, colas, piel, cráneo y esqueletos) o especímenes vivos o disecados de armadillos, sapos, zorros, venados, quirquinchos, anacondas, osos andinos, pumas, zarigüeyas, ardillas, vizcachas, tucanes, caimanes, gallinazos, jaguares, tortugas, lagartijas, tigrillos, entre otros, algunos incluso, considerados especies amenazadas, la mayoría usados para fines chamanísticos y rituales por las fiestas de fin de año.
 
Asimismo, se intervinieron distintos puntos de venta en diferentes regiones, fundamentalmente mercados y terminales terrestres, debido a que en esta época del año también se incrementa la comercialización de diferentes especies de fauna silvestre viva como mascotas, entre ellas, por ejemplo, las tortugas taricaya y motelo, y diferentes especímenes de Psittacidae (loros).
 
SERFOR recordó que, según la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, son infracciones muy graves cazar, capturar, colectar, poseer, adquirir, ofrecer para la venta, vender, transformar, almacenar, comercializar, importar o exportar especímenes, productos y subproductos de fauna silvestre, sin contar con la autorización correspondiente, a excepción de los aprovechados para subsistencia.
 
Estas prácticas, así como el establecimiento de centros de comercialización o de reproducción, sin contar autorización; el manteamiento o transporte de especímenes vivos en instalaciones que no reúnan las condiciones técnicas y/o sanitarias; y el abandono, maltrato, trato cruel o causar la muerte a especímenes, son infracciones muy graves con sanciones que van desde las 10 hasta las 5000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
 
En tanto, el Código Penal sanciona los delitos contra los recursos naturales con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de cinco años. Por ello, en estas fiestas de fin de año, SERFOR recomendó a las familias evitar las actividades que pongan en riesgo la fauna y flora silvestre nacionales.
 
Además, hay que tener en cuenta que las condiciones en que los especímenes son almacenados, transportados y comercializados representan un riesgo para la salud de las personas, ya que muchas de estos son portadoras de enfermedades (hongos, virus y bacterias). Pero sobre todo, SERFOR subrayó que no existe información científica de corrobore las propiedades beneficiosas que los vendedores ofertan.