Conflicto en Casapalca, ¿arreglo legal?
protesta en Casapalca


La semana pasada se arregló la paralización en la mina Casapalca, que culminó con la entrega de un bono a los trabajadores de contrata, los cuales no tenían derecho al reparto de utilidades. ¿Es legal el arreglo?


Las utilidades de las empresas son un porcentaje de la utilidad bruta, el cual debe ser repartido entre los trabajadores de planilla. No se considera a personal que labora mediante contratas, honorarios o cualquier otra modalidad de intermediación.

Si tenemos en cuenta que el empleador es libre de realizar pagos a título de liberalidad, desde ese punto de vista no hay ningún problema, no hay nada cuestionable en ese bono. Sin embargo, llama la atención que el ministerio de Trabajo se quede muy tranquilo con la situación, sabiendo que se trata de un arreglo que no es la solución del problema, que continúa la violación de las normas laborales y que se puede generar nuevamente un conflicto que altere la tranquilidad pública.

Los trabajadores de contrata reclaman que realizan la actividad central de producción de la mina, es decir, labores propias de un minero, como son las de los perforadores y otros, lo cual es una grotesca violación de sus derechos laborales, pues deberían estar registrados en la planilla de la mina.

Los dirigentes aseguran que la mina no quiere registrarlos en planilla, en la cual sólo mantiene a unos pocos ingenieros, siendo no éstos sino los mineros quienes corren todos los riesgos y maltratan su salud, pues es tan evidente el daño en su físico, causado por la inhalación y manejo de los minerales y químicos, que deben retirarse a los 45 años.

El hecho de que los mineros no estén registrados en la planilla, pese a realizar la labor principal, no sólo es una estafa, sino una burla a la ley, pues de hecho les corresponde todos los derechos que debían tener los trabajadores de planilla. Por tanto, el bono no es un acto de generosidad de Casapalca, sino una salida que resarce sólo en parte el perjucio ocasionado a los trabajaores al no registrarlos en la planilla.

En pocas palabras, continúa la burla a la ley por parte de la familia Gubbins, propietaria de la mina, ante la indiferencia del ministerio de Trabajo, cuya acción se reduce a declaraciones, teniendo la facultad de obligarlos a registrar a estos trabajadores de contrata en la planilla de la mina. ¿Por qué de una vez por todas no se modifican las normas para que el ministerio cierre y embargue a las empresas que incurren en una falta grave contra los trabajadores en forma reiterada?

Como ya lo habíamos señalado antes (Ver El perro del hortelano y el trabajo), la vida y salud del trabajador no tienen para el estado tanto valor como los impuestos, pues ante graves falta contra las normas tributarias la SUNAT no sólo cierra, sino que embarga los bienes de las empresas transgresoras.