Cesar HinostrozaCon nueve votos a favor y uno de abstención fue aprobado el informe final respecto de la Denuncia Constitucional 247 contra el exvocal de la Corte Suprema, César Hinostroza Pariachi y los exmiembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Guido Águila Grados, Julio Atilio Gutiérrez Pebe, Sergio Iván Noguera Ramos y Orlando Velásquez Benites, por su presunto vínculo con la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto.
 
El acuerdo fue tomado en la sesión virtual que realizó la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales dirigida por su presidente el congresista Carlos Pérez Ochoa (AP). Fue luego de que la congresista María Cristina Retamoso Lezama, en su condición de delegada, sustentara dicho informe.
 
“El primer hecho denunciado está referido a la organización criminal Los Cuellos Blanco de Puerto, la cual habría estado integrada por el exjuez supremo César Hinostroza en calidad de líder; así como por los exconsejeros del CNM, Guido Águila Grados, Julio Gutiérrez Pebe, Sergio Noguera Ramos y Orlando Velásquez Benites; además, por el expresidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos Montalvo, por el personal administrativo y jurisdiccional de dicho distrito judicial y por abogados y empresarios, los cuales estarían siendo investigados ante las respectivas instancias judiciales”, dijo la legisladora.
 
El informe final concluye acusar al denunciado César Hinostroza Pariachi por la presunta comisión de los delitos de organización criminal, patrocinio ilegal, cohecho pasivo específico, y tráfico de influencias, tipificados en los artículos 317, 385, 395,398 y 400 del Código Penal, respectivamente.
 
También concluye acusar a Iván Noguera Ramos, exmiembro del CNM, por la presunta comisión de delitos de organización criminal y cohecho pasivo específico regulado en los artículos 317 y 395 del Código Penal.
 
Del mismo modo concluye acusar al denunciado Julio Atilio Gutiérrez Pebe, exmiembro de CNM, por la presunta comisión de los delitos de organización criminal y patrocinio ilegal regulados en los artículos 317 y 395 del Código Penal, respectivamente.
 
Finalmente, concluye acusar a los denunciado Guido Águila Grados y Orlando Velásquez Benites, exmiembros de CNM, por la presunta comisión de los delitos de organización criminal tipificado en el artículo 317 del Código Penal”.
 
“Este informe va servir para que se proceda a investigar a estos personajes por su vinculación con Los Cuellos Blancos del Puerto, y el Poder Judicial y la Corte Suprema determinarán si hay responsabilidad penal o no, es la instancia que le corresponde pronunciarse sobre la responsabilidad penal y no al Congreso de la República la que le basta demostrar que hay indicios razonables y que no estamos ante persecución de ningún tipo”, dijo Gino Costa Santolalla, al tiempo de relievar de que se trata del primer informe -de una denuncia que tiene casi dos años y medio- tramitado por este Congreso.
 
INFORMES DE CALIFICACIÓN
 
Con diez votos a favor y dos abstenciones se declaró procedente el informe de calificación respecto de la Denuncia Constitucional (DC) 258 presentada por el exfiscal de la Nación, Pedro Gonzalo Chavarry Vallejos, en contra de la excongresista Marita Herrera Arévalo, por el presunto delito de falsedad Ideológica (artículo 428 del Código Penal).
 
Fue declarado improcedente, con ocho votos a favor, dos abstenciones y uno en contra, el informe de calificación respecto de la DC 346 presentado por el excongresista Ángel Neira Olaychea contra el excongresista Daniel Salaverry Villa por los presuntos delitos de omisión impropia (Inciso 1 del artículo 13 del Código Penal), abuso de autoridad (artículo 376 del Código Penal), omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales (artículo 377 del Código Penal).
 
Del mismo modo, por las presuntas infracciones constitucionales, infracción del artículo 2 (inciso 24), del artículo 47, del artículo 94, del artículo 102 (inciso 2) de la Constitución Política del Perú.
 
Enseguida, con seis votos a favor, tres en contra y dos abstenciones, fue aprobado el informe de calificación que declara improcedente la DC 350 presentada por la excongresista Yeny Vilcatoma de la Cruz en contra del expresidente de la república, Martin Vizcarra Cornejo.
 
La denuncia también recayó sobre su gabinete en pleno encabezado por Salvador del Solar Labarthe, expresidente del Consejo de Ministros. Todos fueron denunciados por los presuntos delitos de conspiración (artículo 349 del Código Penal), abuso de autoridad (artículo 376 del Código Penal) y por infracción constitucional, Infracción del artículo 117 de la Constitución Política del Perú.
 
Finalmente, fue aprobado por unanimidad, con doce votos a favor, el informe de calificación respecto de la DC 352 presentado por la excongresista Rosa María Bartra Barriga en contra del expresidente de la república, Ollanta Moisés Humala Tasso; y los ministros Eleodoro Octavio Mayorga Alba, exministro de Energía y Minas; Milton Martin Von Hesse La Serna, exministro de Vivienda; Juan Manuel Benites Ramos, exministro de Agricultura, por el presunto delito de colusión agravada (artículo 384 del Código Penal)
 
Dicho informe de calificación concluye declarar improcedente la DC contra de ministros Eleodoro Octavio Mayorga Alba, exministro de energía y minas y Milton Martin Von Hesse La Serna, exministro de Vivienda, al haberse vencido el plazo de cinco años pudiendo la denunciante realizar las acciones pertinentes, si así lo considera, ante el Ministerio Publico.
 
Además, declara procedente la DC contra el expresidente Ollanta Humala Taso y Juan Manuel Benites Ramos, exministro de Agricultura, por el presunto delito de colusión agravada tipificado en el Código Penal.