La pretensión de Keiko Fujimori, cabecilla de una presunta organización criminal acusada de lavado de activos y otros delitos, de archivar este proceso en el Poder Judicial, sufrió un fracaso más.

 

Keiko Fujimori 95

 

El juez Víctor Zúñiga rechazó la solicitud de la imputada, conocida como señora K en el hampa judicial, con la cual pretendía se archive la acusación por lavado de activos relacionados con los presuntos aportes ilícitos que habría recibido durante las campañas de Fuerza Popular en 2011 y 2016.

La sesión se inició en la mañana de este lunes 12 y el mismo día se conoció la resolución del juez (a cargo del caso desde el 31 de agosto), que deniega el pedido.

Poco antes, la Fiscalía de la Nación había decidido incluir en el caso a Jaime Yoshiyama, Pier Figari, Ana Herz, José Chlimper, Augusto Bedoya y Adriana Tarazona.

La abogada de la imputada, Giuliana Loza, encargada de la defensa de Keiko Fujimori había argumentado que su defendida y los otros seis acusados no cometieron el delito de lavado de activos.

Según ella, para considerar un delito fuente para configurar el delito de lavado de activos, debe tratarse de un acto ilícito que produzca una ganancia indebida para, posteriormente, gozar de su beneficio. Por ello, la letrada afirma que no cualquier ilícito puede ser considerado delito fuente, ya que debe ser uno grave, como narcotráfico, terrorismo, corrupción, secuestro, extorsión, defraudación tributaria, entre otros.

La acusación fiscal, a cargo del fiscal José Domingo Pérez, presentada en marzo del 2021, argumenta los delitos de crimen organizado, lavado de activos, obstrucción a la justicia y falsa declaración en procedimiento administrativo contra la ex candidata a la Presidencia Keiko Fujimori. Por todo ello solicitó se le imponga una pena de 30 años y 10 meses de prisión.

Desde el 31 de agosto del mismo, el juez Víctor Zúñiga es el encargado de dirigir las audiencias donde se revisó dicho expediente.