Poder Judicial ve hoy acción popular por ilegal distribución de canon minero

Congresista Ordoñez y Municipalidades presentaron “Acción Popular”


Este lunes 26 de octubre tendrá lugar  en la Corte Superior de Justicia de Lima la vista de la causa sobre el recurso de “Acción Popular”  presentado por el Congresista Juvenal Ordóñez Salazar y las Municipalidades de Tacna, en contra de la Resolución Ministerial N.º 307-2009-EF/15 emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) mediante la cual se aprueban nuevos índices de distribución del canon minero correspondientes al Ejercicio Fiscal 2008, sobre una base legal equivocada.


El sustento principal de la acción interpuesta por el congresista tacneño es que el MEF ha aplicado de manera retroactiva la Ley N.º 29281, la misma que modificó el artículo 5.º del Reglamento de la Ley de Canon, modificando con ello los criterios con los que se  venía distribuyendo el canon minero entre Tacna y Moquegua y otros departamentos.

La demanda señala que estos nuevos criterios debieron aplicarse a partir de la fecha en que entró en vigencia la  mencionada ley, es decir, el 25 de noviembre del 2009, y no de manera retroactiva afectando casi 11 meses del año anterior, lo cual ha perjudicando a Tacna con más de 300 millones de soles, suma que ha paralizado virtualmente los presupuestos de inversión del gobierno regional, de los gobiernos locales y de las universidades que hacen obras en beneficio del pueblo.

Esta norma de menor jerarquía no toma en cuenta que el canon minero que se viene distribuyendo en el 2009 es producto de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en el año 2008.

Ordóñez señala que La Constitución Política establece que las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”, lo cual es concordante con el Código Civil y un fallo del Tribunal Constitucional que señala que las normas sólo pueden aplicarse a las consecuencias y situaciones jurídicas existentes, confirmando así que las leyes no tienen fuerza ni efectos retroactivos.

Este punto de vista es compartido por el “Estudio Jurídico Caballero Bustamante”, uno de los estudios más especializados en materia tributaria del país, y cuyo informe preparado para el Gobierno Regional de Tacna ha sido adjuntado a la demanda.

Defensa tacneña la ejercerá Alberto Borea

De otro lado el congresista nacionalista confirmó que la causa tacneña será defendida por el Estudio Borea Odría de la capital de la República, tanto en la primera como en la segunda instancia, vale decir, en la 1° Sala Civil de la Corte Superior de Lima y ante la Corte Suprema de Justicia que emitirá el fallo final, de ser el caso.

Hay que recordar que hace dos semanas la 1.° Sala Civil rechazó el pedido del MEF de incorporar al Gobierno Regional de  Moquegua como parte del proceso, en la figura jurídica de litisconsorte, por considerar que el MEF es el autor de la Resolución Ministerial cuestionada.