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 Por Greco Quiroz

 

 

El ultimo 29 de Agosto, la Juez del Juzgado Unipersonal de Ascope, Carmen Ruth Viñas Adrianzen; sentenció al Abogado y Periodista; Greco Quiroz Díaz, a tres años de pena privativa de la libertad, suspendida por el lapso de 02 años, por el delito de VIOLACION DE LA INTIMIDAD, señalando la referida magistrada que al haber publicado, en un reportaje, dos fotografías de Facebook, donde aparece la agraviada, esto se constituye en un delito.

 

 

El abogado Greco Quiroz refiere lo siguiente:

 

Los hechos: en el mes de febrero del año 2012, el alcalde electo por el partido nacionalista de Casagrande, Alejandro Navarro Fernández, solicita licencia al consejo municipal por 10 días, no indicando el destino que tendría en dicha licencia solicitada. La hijastra mayor de edad del alcalde, pública en su página de Facebook, fotos de la visita de su padrastro a Venezuela y su madre, esposa del alcalde casagrandino. Mi noticiero en Canal 33 de Chocope, saca un reportaje sobre la licencia del alcalde señalando que mientras él se encontraba en un yate y una playa venezolana, el pueblo estaba sumido en caos y contaminación por las obras de remodelación del terrapuerto y la principal avenida de la ciudad. En ningún momento, en el mencionado reportaje se mencionó a las hijastras o a la esposa Patricia Mariños de Navarro en la nota periodística, por cuanto la noticia fue que el alcalde se encontraba en Venezuela mientras la ciudad estaba sumida en el caos.

 

La Denuncia: a pesar que Patricia Mariños de Navarro reconoce en su Denuncia que las fotos fueron colgadas por su hija en el FACEBOOK, señala que al publicarlas en mi reportaje violé su vida intima y al no pedirle autorización para publicar su imagen cometía el delito de violación de la intimidad personal.

 

La Sentencia: en una decisión sumamente cuestionable, la Jueza Carmen Ruth Viñas Adrianzen señala en la misma que el FACEBOOK, no es público y a pretexto de un reportaje no debí haber sacado la imagen de la esposa del alcalde de Casagrande en el mismo, y por haberlo hecho he configurado la violación de la intimidad de la agraviada.

 

Análisis : Debemos precisar en primera instancia que se entiende por intimidad, y esto es el derecho que tiene todo ser humano a disponer de momentos de soledad, recogimiento y quietud que le permitan replegarse sobre si, es intimidad; aquella manifestación de la personalidad individual o familiar cuyo conocimiento o desarrollo quedan reservados a su titular. Ahora, aquí ha existido un grosero error de interpretación de parte del juzgador por cuanto tal como se verifica, toda persona que hace uso del FACEBOOK, acepta los términos y condiciones que regulan la misma y se lee en los Términos y Condiciones lo siguiente PARA EL CONTENIDO PROTEGIDO POR DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL, COMO FOTOGRAFÍAS Y VÍDEOS (EN ADELANTE, "CONTENIDO DE PI”), NOS CONCEDES ESPECÍFICAMENTE EL SIGUIENTE PERMISO, DE ACUERDO CON LA CONFIGURACIÓN DE LA PRIVACIDAD Y LAS APLICACIONES: NOS CONCEDES UNA LICENCIA NO EXCLUSIVA, TRANSFERIBLE, CON DERECHOS DE SUB LICENCIA, LIBRE DE DERECHOS DE AUTOR, APLICABLE GLOBALMENTE, PARA UTILIZAR CUALQUIER CONTENIDO DE PI QUE PUBLIQUES EN FACEBOOK O EN CONEXIÓN CON FACEBOOK (EN ADELANTE, "LICENCIA DE PI"). ESTA LICENCIA DE PI FINALIZA CUANDO ELIMINAS TU CONTENIDO DE PI O TU CUENTA, SALVO SI EL CONTENIDO SE HA COMPARTIDO CON TERCEROS Y ÉSTOS NO LO HAN ELIMINADO, asimismo la política y uso de datos de Facebook en su capítulo denominado “como compartes contenido y como se te encuentra en Facebook”, señala lo siguiente Control cada vez que publicas ……. PIENSA ANTES DE HACER UNA PUBLICACIÓN. AL IGUAL QUE TODO LO QUE PONES EN INTERNET O ENVÍAS POR CORREO ELECTRÓNICO, LA INFORMACIÓN QUE COMPARTES EN FACEBOOK PUEDE SER COPIADA O COMPARTIDA POR TODOS AQUELLOS QUE LA VEN, Y TAMBIEN DICE EN OCASIONES, CUANDO PUBLIQUES ALGO (COMO CUANDO ESCRIBAS EN EL MURO DE UNA PÁGINA O COMENTES UN ARTÍCULO PERIODÍSTICO QUE INCLUYE EL PLUG-IN DE COMENTARIOS) NO VERÁS UN ICONO PARA COMPARTIR CON UN PÚBLICO CONCRETO. ESTO SE DEBE A QUE ALGUNAS HISTORIAS SON SIEMPRE PÚBLICAS. EN GENERAL, SE ENTIENDE QUE SI NO HAY UN ICONO PARA COMPARTIR, LA INFORMACIÓN SERÁ PÚBLICA.

 greco quiroz planton

De lo expuesto podemos concluir lo siguiente: al publicarse las fotos en el Facebook, se ha cedido la licencia a Facebook, además la persona que publica dichas fotos no ha observado como corresponde las recomendaciones que Facebook hace a sus usuarios que dice PIENSA ANTES DE HACER UNA PUBLICACIÓN. AL IGUAL QUE TODO LO QUE PONES EN INTERNET O ENVÍAS POR CORREO ELECTRÓNICO, LA INFORMACIÓN QUE COMPARTES EN FACEBOOK PUEDE SER COPIADA O COMPARTIDA POR TODOS AQUELLOS QUE LA VEN, las cuales son bastantes claras y precisas, sumado a eso no ha configurado sus publicaciones, por lo que ha sido ella misma quien ha permitido que las fotografías sean públicas.

 

Otro error de la sentencia estriba en que el artículo 157 del Código Penal, señala que para que se configure el delitos la acción dolosa debe ser INDEBIDA, nos preguntamos ¿si unas fotos publicadas en el Facebook que ya son públicas, y por lo tanto ha cedido los derechos al Facebook y puestas en un reportaje se puede considerar como indebidas?, además se han utilizado para dar una información real, y cierta por un medio de comunicación legal que descubrió el viaje del alcalde a Venezuela sin poner en conocimiento su destino al consejo municipal, donde esta lo INDEBIDO al obtener las fotos del FACEBOOK. Por otro lado, consideramos un serio atentado contra la libertad de expresión el argumento que señala el juzgador al afirmar textualmente “que el Facebook no es tan público como se dice”, es decir una fuente de información como es la Internet y FACEBOOK que a diario usamos los periodistas como fue el caso de la ya popular gringasha, o la foto de FACEBOK del alcalde de Trujillo Cesar Acuña con una funcionaria edil, etc, etc, casos que a Diario los Periodistas utilizamos para los reportajes o notas periodísticas, se eliminaría una gran Fuente de Informacion a este paso publicar videos de YOU TUBE o de cualquier pagina de internet sería un delito, desnaturalizando el principio básico de internet y es que todo lo que se cuelga en la web es publico. Mientras tanto hemos apelado y esperamos los magistrados de la Sala Penal de Trujillo con mayor criterio legal, corregirán a lo que hemos considerado un grave atentado a la libertad de expresión.