Descanso pre y post debe extenderse a madres del CAS

Poder ejecutivo reglamenta descanso pre y post natal de trabajadoras gestantes, señala congresista Yohny Lescano.

Con relación a la publicación del DS N.º  005 – 2011- TR que reglamenta la Ley 26644, Ley que precisa el goce del derecho de descanso pre natal de 45 días y de descanso post natal de 45 días de la trabajadora gestante, el Parlamentario Yonhy Lescano manifestó que aunque es un avance en materia de afianzamiento del trabajo decente, lamenta que el Ejecutivo haya demorado tantos años para reglamentar la referida Ley, para efectivizar su adecuada aplicación.

 

Asimismo, el Parlamentario remarcó que de conformidad con el Convenio N.º 183 de la OIT sobre protección y la maternidad, la licencia por  maternidad debe tener una duración no menos de 14 semanas, es decir, un total de 98 días.

“Hemos aprobado un dictamen en la comisión de Trabajo a fin de adecuarnos a lo establecido por el convenio OIT N.º 183  y regular un descanso pre natal de 49 días, al igual que el descanso post natal. Además, el Gobierno tiene el deber de ampliar esta norma de protección a la trabajadora gestante del régimen de contratación administrativa de servicio – CAS porque estas mujeres no son ciudadanas de segunda clase para ser discriminadas de esta forma, cuestión que también se ha incluido en el Dictamen de la Comisión de Trabajo”, remarcó el Parlamentario.

Por ello, esta norma, aunque es un avance, aún estamos rezagados en comparación con otros países de la Región tales como Brasil, Chile, Venezuela, Cuba, entre otros, que contemplan hasta 120 días o más de licencia por maternidad.