Municipalidad adapta modelo exitoso internacional sobre conservación de inmuebles con valor urbanístico que permitirán su puesta en valor y beneficios económicos para sus propietarios.

Por primera vez en nuestro país se aplicará un modelo exitoso de conservación de inmuebles que constituyen importantes referentes históricos. El Concejo Municipal de Miraflores aprobó la Ordenanza que regula la conformación de microzonas de valor urbanístico y ejes de aprovechamiento del potencial de desarrollo urbano.

 

Para los propietarios de casonas de valor la aplicación de esta norma significa la opción de conservar su inmueble, ponerlo en valor sin costos adicionales y recibir beneficios económicos.

En tanto, para la Municipalidad es un primer paso en el contexto nacional para la implementación de una alternativa real y viable para la conservación de la arquitectura y el paisaje urbano de valor.

La norma indica que los propietarios de los predios ubicados dentro de las microzonas y/o de bienes culturales inmuebles -declarados como tales por el Ministerio de Cultura- podrán acogerse voluntariamente a los alcances de la Ordenanza.

Sin embargo, deberán manifestar tal deseo mediante una carta con firma legalizada notarialmente con la finalidad de asegurar la conservación de sus inmuebles.

A través de una Resolución de Alcaldía, la Municipalidad inscribirá en los Registros Públicos como carga el compromiso de conservación del bien y reconocerá -mediante la emisión de un certificado- el derecho edificatorio al que voluntariamente ha renunciado.

Es decir, si la casona que se desea proteger tiene dos pisos pero, según el certificado de parámetros, puede construirse siete la Municipalidad reconocerá un derecho edificatorio por la cantidad de metros cuadrados equivalentes a los cinco pisos que se dejarían de construir.

Dicho derecho edificatorio es transferible y podrá aplicarse en otras zonas del distrito donde se desea promover el desarrollo urbano, que en la Ordenanza son llamadas ejes de aprovechamiento del potencial de desarrollo urbano, e incluso podrá ser vendido a quien desee construir el plus de altura en los citados ejes.

La Ordenanza obliga a que un porcentaje de este dinero sea destinado para el mantenimiento y/o puesta en valor de la casona protegida, quedando el saldo de la transacción como utilidad del propietario de la casona.

Cabe indicar que la Ordenanza identifica sectores urbanos con edificaciones con valor de conjunto que constituyen importantes referentes de momentos relevantes de la historia de Miraflores y, por ende, de la memoria de la ciudad, lo que contribuye a la construcción y/o consolidación de identidad.

Asimismo, el dispositivo recoge y adapta al contexto local un modelo de conservación de inmuebles implementado en países como: España, Italia, Estados Unidos, México, Brasil, Colombia y Chile.

De otro lado, la Ordenanza encarga la elaboración en un plazo de 120 días de un estudio complementario que permita identificar el resto de edificaciones de valor del distrito, así como la elaboración, en un plazo de 60 días, de un reglamento que precise la forma mediante la cual se realizarán las transferencias de derechos edificatorios.