INDECOPI informó en el Congreso que no tiene facultades legales para fiscalizar el servicio de saneamiento

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) informó en el Congreso de la República que no tiene facultades legales para fiscalizar el servicio de agua potable y alcantarillado. Esta función, dijo, le corresponde a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS).

 

En ese sentido, el jefe del Servicio Nacional de Metrología (SNM) del INDECOPI, ingeniero José Dajes Castro, precisó ante la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, que los medidores de agua de Lima y Callao, no han sido fiscalizados por la institución.

El informe 006-2011/SNM, que envió al congresista Yonhy Lescano Ancieta, el 14 de octubre del 2011, no reporta un trabajo de campo que haya realizado el INDECOPI para evaluar el funcionamiento de los medidores, cañerías o servicio de agua en Lima.

Este documento responde a una consulta formulada por el congresista Lescano Ancieta, quien solicitó una descripción detallada con relación a la calibración de los medidores de agua de los usuarios de Sedapal.

A dicha solicitud, el SNM del INDECOPI respondió con una explicación del marco legal que define las competencias de fiscalización sobre el servicio de saneamiento; el marco legal de las normas de  metrología y la forma en la que funcionan los medidores.

Dajes Castro explicó a los miembros de la Comisión, que la fiscalización de los servicios de saneamiento (agua y alcantarillado), es competencia de la SUNASS. El INDECOPI no fiscaliza los procesos de adquisición de medidores de agua por no ser un tema de su competencia.

También señaló que los medidores están diseñados para medir el fluido que pasa a través de ellos. En este caso el agua. Si se llenaran de aire, medirán aire.

El funcionario del INDECOPI puntualizó que el SNM es el ente rector de la metrología nacional en el campo científico, industrial y legal. Por ello, tiene como función la custodia y mantenimiento de los patrones nacionales de medida; mientras que la fiscalización de los servicios de saneamiento (agua y alcantarillado), es de competencia de la SUNASS.