"Importante medida se da en el marco de la lucha contra la piratería online que lleva adelante el Indecopi."

La Comisión de Derecho de Autor (CDA) del Indecopi dictó cuatro medidas cautelares a fin de que la empresa estadounidense Godaddy.com, LLC (en su calidad de registradora de nombres de dominio) suspenda los dominios de cuatro  sitios web, mediante los cuales se habría infringido la legislación sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos, al poner a disposición del público gran cantidad de fonogramas musicales sin la autorización respectiva, en perjuicio de sus legítimos titulares.

Mediante las resoluciones N.° 001094-2017,  N.° 86-2018, N.° 87-2018 y N.° 105-2018, la CDA ordenó la suspensión de los dominios: Mp3Juices-Download-Free.com, Melodiavip.net, Foxmusica.site y Fulltono.me, en el marco de la lucha contra la piratería online que lleva adelante y que se viene materializando en diferentes procedimientos administrativos.

Para ello, la Comisión consideró, entre otros fundamentos, el daño irreparable que se habría causado a los legítimos titulares, teniendo en cuenta la gran cantidad de usuarios que potencialmente visitan dichas páginas web. En ellas se habría puesto a disposición infinidad de fonogramas musicales publicados con fines comerciales,  sin contar con la autorización de los  titulares de derechos.

Esta es la primera vez que una empresa extranjera registradora de nombres de dominio como Godaddy.com, LLC suspende nombres de dominio (denominaciones que identifican a un sitio en la red) a solicitud de la Comisión de Derecho de Autor del Indecopi.

La suspensión se dio en  base a la gran evidencia que fue proporcionada por la Comisión, sobre los cuatro sitios web que habrían infringido los derechos de autor,  y en el marco de la política de apoyo a la protección de la propiedad intelectual que tiene la citada empresa.  

Cabe  señalar que los cuatro  procedimientos de medida cautelar se dieron a instancia de la Unión Peruana de Productores Fonográficos (Unimpro) con el fin de proteger a los titulares que representa, y que vendrían siendo perjudicados por la presunta puesta a disposición no autorizada de sus fonogramas a través de la Internet.

Asimismo, es importante  señalar que el Indecopi ha puesto en evidencia que las referidas páginas  cuentan con publicidad, debido al alto índice de visitas de los usuarios. En ese sentido las empresas anunciantes deberían tener en cuenta en qué páginas se publicitan sus servicios o productos al momento de contratar servicios de inserción de publicidad en Internet.

Finalmente, es necesario señalar que la empresa registradora de dominios (Godaddy.com, LLC) puede presentar apelación en caso lo estime pertinente.

Lima, 26 de marzo de 2018

 

Glosario  

Fonogramas: Son sonidos de una ejecución o de otros sonidos, o de representaciones digitales de los mismos, fijados por primera vez en forma exclusivamente sonora. Las grabaciones gramofónicas, magnetofónicas y digitales son copias de fonogramas. Se trata, por ejemplo, de las grabaciones o interpretaciones de un artista intérprete o de un ejecutante llevada a cabo por una persona natural o jurídica (productor fonográfico) que ha hecho el esfuerzo económico y empresarial para que dicha grabación exista, constituyéndose en su propietario y titular de los derechos de propiedad intelectual correspondientes.

Derecho de puesta a disposición del público: Modalidad de comunicación pública introducida en los Tratados Internet de la OMPI sobre Derecho de Autor (TODA) y sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (TOIEF),  y que es aquella en la que se ponen a disposición del público obras o producciones , de tal forma que los miembros del público pueden acceder  a estos, como  usuarios,  desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos elija.