Compras navideñas: Cuidado con publicidad  de Ripley

INDECOPI verificó publicidad navideña de ventas al crédito y encontró diferencias entre lo publicitado y lo real


Las normas de protección al consumidor establecen que las tiendas comerciales deben informar de manera clara sobre las condiciones y restricciones de los créditos que ofrecen.


En ese sentido, la publicidad de estas ofertas debe incluir: precio del producto, cuota inicial, monto total de los intereses, tasa de interés efectiva anual y detalle de cualquier cargo adicional. Además, debe incluirse el número de cuotas o pagos a realizar, ya sea de forma quincenal o mensual.

Ante el incremento de las ofertas al crédito durante la Navidad, el INDECOPI analizó los catálogos publicitarios de diversos establecimientos comerciales de la capital, para verificar la información que brindan a los consumidores.

La institución verificó siete encartes distribuidos durante el mes de noviembre por Ripley, Saga Falabella, Carsa, Hiraoka, La Curacao y Elektra.

Se detectó que, en el caso del catálogo de Ripley, de 92 productos ofrecidos al crédito, 89 presentaban diferencias en lo que se refiere al monto de intereses a pagar y la tasa de interés. Asimismo, de 144 ofertas del encarte de La Curacao, 129 mostraban las mismas diferencias. Es decir, ambas tiendas incluyeron en sus catálogos publicitarios información que representaría un cobro mayor a los consumidores que compren dichos productos al crédito.

Por su parte, los catálogos de Saga Falabella, Hiraoka y Carsa no presentaron diferencias significativas entre la información publicada y los resultados obtenidos por esta institución.

El INDECOPI ha iniciado las investigaciones del caso para determinar la responsabilidad de las empresas en estas faltas.