El algarrobo (Prosopis pallida) es una especie forestal que está categorizada como “Vulnerable”. La tala ilegal es delito, por tanto son delincuentes quienes perpetran estos actos ilícitos.

En Piura, el trabajo conjunto del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) de Piura y la Policía Nacional del Perú (PNP), permitió impedir el tráfico ilegal de 1 050 unidades de leña de algarrobo, valorizada en 7 000 soles, y detener a seis delincuentes implicados, en los sectores Vega del Caballo y Loma Blanca, ubicados en el bosque seco de la comunidad campesina San Juan Bautista de Catacaos del distrito de Catacaos.

 

tala ilegal algarrobo Piura jun 2022



Las seis personas intervenidas usaron dos motosierras y cuatro hachas para talar los algarrobos y transportarlos en dos camionetas. Los detenidos fueron conducidos al Departamento de Medio Ambiente Piura de la PNP para las investigaciones correspondientes por el delito contra los bosques y formaciones boscosas.

Las 1 050 unidades de leña de la especie forestal Prosopis pallida, conocida como algarrobo, estaban apiladas cerca de la parte de los troncos (tocones) de 23 árboles talados ilegalmente. De allí, serían transportadas para su comercialización ilegal.

Debido a las dificultades y accesibilidad del lugar por ser desierto y presentar dunas, que limitan la intervención de las autoridades, la FEMA de Piura dispuso la destrucción del producto forestal talado, dando cumplimiento al Decreto Legislativo N.° 1220 que regula la interdicción de la tala ilegal en el país, así como el decomiso de las dos motosierras, las cuatro hachas y los dos vehículos.

El valor del producto forestal encontrado superaba los siete mil soles y de acuerdo a las primeras indagaciones tenía como destino el distrito de Mórrope en el departamento de Lambayeque, de donde sería distribuido a las diversas ciudades del norte del país hasta Lima.

Los especialistas del SERFOR en Piura iniciaron el respectivo procedimiento administrativos sancionador a los seis intervenidos, de acuerdo a la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que establece las acciones de “talar, transportar, acopiar, adquirir, transformar o aprovechar recursos forestales, sin autorización”, como infracciones muy graves; por lo que la sanción que podría asumir es una multa que oscila entre 0.1 y 5000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), determinadas según los criterios de gradualidad.

La especie Prosopis pallida está categorizada como “Vulnerable”, según el Decreto Supremo 043-2006-AG que aprueba la categorización de especies amenazadas de flora silvestre; por ello es un agravante para la determinación de la infracción.