¿Contrabando en ley de endeudamiento?

ticlio_via_ferrea.jpgpor Herbert Mujica Rojas
 
La Ley N.° 29627 de endeudamiento del sector público para el año fiscal 2011 dice, a la letra, en su novena disposición complementaria final:

“Dispónese la transferencia a favor del Ministerio de Economía y Finanzas de parte de las obligaciones a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondientes a la deuda que este último mantiene con la Empresa Nacional de Ferrocarriles S.A. (Enafer), en Liquidación, derivada de la compra de los setenta mil setecientos ochenta y seis (70,786) durmientes aprobada por el Decreto Supremo No. 019-87-TC, sujeto a la condición suspensiva que la Agencia de Promoción Privada (Proinversion) y el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) transfieran al Ministerio de Economía y Finanzas el total de las acreencias que mantienen con Enafer, en Liquidación, derivadas del Contrato de Mutuo suscrito el 17 de enero de 1996 y del préstamo aprobado por Acuerdo del Directorio No. 4-98/29/FONAFE, respectivamente. Proinversión efectuará dicha transferencia a título gratuito y Fonafe con cargo a las transferencias futuras que corresponde efectuar al Tesoro Público.
 
El monto de las obligaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a ser transferido al Ministerio de Economía y Finanzas será hasta por una suma igual al total de las acreencias de Proinversión y Fonafe mencionadas en el párrafo precedente.
 
 
….En un plazo de hasta treinta (30) días hábiles contado desde la entrada en vigencia de esta Ley, los pliegos Enafer, en Liquidación, Proinversión y Fonafe, remitirán las actas de conciliación correspondientes al Ministerio de Economía y Finanzas”.
 
El documento del que hacemos la transcripción es enviado al Congreso por el presidente Alan García Pérez.
 
¿Qué dice el Dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República?
 
Según consta en el documento de fecha 20-11-2010:
 
“Señor Presidente:
 
Ha llegado a vuestra Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República el Proyecto de Ley No. 4262/2010-PE Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2011, presentado por el Poder Ejecutivo mediante oficio No. 196-2010-PR, de fecha 30 de agosto de 2010, en atención al artículo 78 de la Constitución Política del Perú, que propone la aprobación de la Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2011.”
 
¿Y qué dice sobre la Novena Disposición?
 
“Esta propuesta dispone la transferencia al MEF de parte de la deuda que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) mantiene con ENAFER, en Liquidación, derivada de la compra de durmientes aprobada por el Decreto Supremo No. 019-87-TC sujeto a que PROINVERSION y FONAFE transfieran al MEF el total de las acreencias que mantienen con Enafer, en Liquidación, derivadas del Contrato de Mutuo suscrito el 17 de enero de 1996………..
 
…..Al respecto, mediante el Decreto Supremo No. 018-87-TC se autorizó a ENAFER, en Liquidación, para que,  por encargo del MTC, adquiera 70,786 durmientes de Bolivia. La adquisición fue financiada con un crédito del Banco de la Nación (BN) por la suma de US$ 2’686,251.19, debiendo la deuda ser atentida por cuenta y cargo del MTC. El crédito del BN a ENAFER, en Liquidación no fue pagado en su totalidad, quedando una deuda pendiente por US$ 7’444,256.72, al 30-09-1999.”
 
Firman el dictamen, el presidente de la Comisión José Carlos Carrasco Távara y figuran los integrantes (algunos con rúbrica), Rosa Florián, Rosario Sasieta, Luis Alva Castro, Juan Carlos Eguren, Francisco Escudero, Víctor Isla, Walter Menchola, Martha Moyano, Jhony Peralta, Rolando Reátegui, Alejandro Rebaza, Elías Rodríguez, Miró Ruiz y José Saldaña Tovar.
 
Nótese que éste era un asunto no resuelto que venía de 1987 y de Enafer, es decir, durante el primer gobierno de Alan García Pérez. Cualquier observador atento colegiría que de no haber ganado un segundo gobierno, el acápite habría quedado sin solución ni felicidad para quienes en esto intervinieron. Veamos.
 
El 17 de setiembre de 1985 Enafer eligió su directorio y del cual era presidente el señor Miguel Quiroz García e integraban: José Merino Reyna Castellano, Erwinn Ludmann Paredes, Guillermo Gálvez Cáceres, Ciro Aliaga Andrade, César Larraure Sánchez y Angel Palomino Avilés.
 
El 25 de abril de 1988 se aceptó la renuncia del señor Miguel Quiroz García al cargo de Presidente del Directorio de Enafer y se nombró al sucesor, William Ladines Espinoza.
 
En buen castellano: fue durante la gestión del señor Miguel Quiroz García cuando ocurrió el tema de la adquisición de durmientes a Bolivia.
 
Y así consta en el documento cuya transcripción acompaña este texto.
 
Surgen muchas preguntas:
 
¿Es normal que cuatro lustros después y con juego evidente de endose de responsabilidades y obligaciones, un gobierno arregle las deudas de otro?
 
Es de suponerse que hubo algún problema con los durmientes bolivianos. ¿De qué otro modo se infiere que no se pagaran completamente durante la gestión del señor Miguel Quiroz García?
 
¿Hay algún interés personal en el Ejecutivo que envía la ley a una Comisión parlamentaria sumamente cortés para que cubra esta irregularidad de pagos de un régimen que aconteció entre 1985 y 1990?
 
Nadie da bola o casi repara en la ley de endeudamiento para los años fiscales, de ese modo se producen contrabandos que pasan casi desapercibidos, como éste que finiquita un asunto pendiente de tantos años a la fecha.
 
¿Forma parte esta acción del conjunto de decisiones de los que se van del gobierno para “sanear” entuertos? Todo indica que hay mucho pan por rebanar en el asunto.
 
¿Existen lazos consanguíneos entre los personajes fundamentales de esta historia?
 
El asunto apenas comienza. Y habrá que ver si alguna dignidad persiste aún en Perú. Y, de repente, algún medio de comunicación otorga importancia a temas que realmente lo son y no la basura repugnante de la que notician e intoxican al pueblo.
 
Y otra pregunta repiquetea en el ambiente: ¿cuántos contrabandos más hay?