trabajos de oficinaEl 31 de octubre es día no laborable en el sector público y opcional para el privado. Las empresas privadas podrán acordar con sus trabajadores no laborar el jueves 31 de octubre, con cargo a recuperar las horas que no laboradas, mediante horas extras, a cuenta de vacaciones, etc.
 
Conforme al Decreto Legislativo 713, el viernes 1.° de noviembre, Día de Todos los Santos, es feriado nacional para los trabajadores del sector público y privado, día que sin laborar es pagado por los empleadores, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
 
“El pago del feriado es equivalente a una remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo. No obstante, los trabajadores del sector privado que laboren tal día tendrán derecho a percibir tres remuneraciones, siempre que no cuenten con descanso sustitutorio”, refirió Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.
 
En ese sentido, el trabajador percibirá: (i) una remuneración diaria por el feriado, (ii) una segunda remuneración por el trabajo realizado y (iii) una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día (sobretasa del 100%).
 
Por ejemplo, si un trabajador tiene un sueldo diario de S/50 y no labora el feriado 1° de noviembre percibirá S/50 por el feriado. De laborar el feriado con descanso sustitutorio, se le pagará solo S/50 por el feriado (que viene incluido en la boleta de pago), pero si labora el feriado sin descanso sustitutorio percibirá triple remuneración: S/50 por el feriado, S/50 por el trabajo realizado y S/50 por haber laborado en día feriado.
 
DÍA NO LABORABLE 
La Cámara de Comercio de Lima recuerda que con el D.S. 002-2019-PCM, el gobierno declaró el jueves 31 de octubre del 2019 como “día no laborable”, compensable, en el sector público y opcional en las empresas del sector privado.  Ello con el propósito de promocionar el turismo interno a nivel nacional.
 
Al respecto, los centros de trabajo del sector privado,  a nivel nacional, podrán acordar con algunos o con todos sus trabajadores no laborar el jueves 31 de octubre, con cargo a recuperar las horas dejadas de laborar, mediante horas extras, a cuenta de vacaciones, etc.