(Aeronoticias) El día 15 de enero de 2021 se celebra el Centenario del primer vuelo sobre la ciudad de Lima – Perú en un aeroplano conducido por el piloto peruano Juan Bielovucic, inaugurando la era de la aviación en nuestro país.
 
 
 
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Precisamente fue Muñiz quien tuvo la iniciativa de fundar la Liga Peruana Pro Aviación y también la Escuela Peruana de Aviación Militar que se inauguró el 4 de marzo de 1911 convirtiéndose en la primera de Sudamérica.
 
 
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Piloto peruano Juan Bielovucic realizó el primer vuelo sobre Lima, el 15 de Enero de 1911.
 
 
Este contexto del hecho técnico de la navegación aérea en este siglo, fue acompañado por la investigación científica de los juristas peruanos expertos en Derecho Aéreo, que honraron la historia publicando obras de Derecho que dieron nacimiento al Derecho aéreo peruano y que iremos acompañando en una serie de artículos en el Bicentenario de nuestra Independencia que festejamos el 28 de julio de 1921.
 
Al respecto, cito el Libro Curso de Post Grado en Derecho Aéreo y Espacial de Julián Palacin Fernández, Tomo I, pag. 9 y 10, editado en 1991 por la Comisión Interamericana de Juristas Expertos en Derecho Aéreo y Espacial (CIJEDAE), que dice: Capítulo I “Del Derecho Aéreo en General” I. Introducción I. Denominación de la Disciplina. “El nacimiento del Derecho Aéreo, como rama de la ciencia jurídica surge cuando el hecho técnico aviatorio posibilita la circulación en el espacio aéreo de aparatos, que se valen del aire como elemento de sustentación o propulsión”.
 
 

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“Esta realidad en la cual el hombre cristalizó el viejo sueño de volar, revolucionó el pensamiento tradicional y puso en tela de juicio principios jurídicos fundamentales, como el de la propiedad para los individuos y de la Soberanía para los Estados”.
 
“El Jurista tuvo ante estas circunstancias una nueva dimensión en la cual, los valores típicos debían ser revisados ante esta nueva realidad de vertiginosos cambios, en la cual la raza humana se lanzó en la conquista del ámbito aéreo”.
 
“En todos los supuestos en donde se produce la formación de una nueva disciplina jurídica, se originan debates respecto a su denominación, en este caso la Doctrina francesa sigue la expresión “Derecho Aéreo” (en francés “Droit Aerien”), autores ingleses que se inclinan por “Air Law”. En el Perú la Doctrina está dividida entre quienes adoptan la expresión Derecho Aéreo y Derecho Aeronáutico, siendo la primera denominación la adoptada por la Doctrina del Instituto Peruano de Derecho Aéreo (IPDA). Cabe agregar, que la Doctrina italiana, española y argentina, a excepción hecha por Malbran, adopta la expresión Derecho Aeronáutico”.
 
 
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Sesión de la Comisión de Derecho Aeronáutico del Colegio de Abogados de Lima y del Instituto Peruano de Derecho Aéreo (IPDA) en el Colegio de Abogados de Lima (CAL) 2017, en la gestión del Decano Dr. Pedro Angulo Arana.
 
“La crítica la expresión Derecho Aéreo, se funda en la amplitud y generalidad del término, ya que el aire puede ser objeto de otros usos ajenos a la aviación, lo importante es precisar el contenido de la materia, ya que el debate se plantea en el terreno meramente formal”.
“Consideramos que la posición académica respecto al término Derecho Aéreo o Derecho Aeronáutico a emplear, no influye en la realidad científica de esta disciplina que tiene que armonizar intereses políticos, económicos, técnicos y jurídicos de real trascendencia”.
 
“Por nuestra parte consideramos que la expresión Derecho Aéreo precisa en forma concreta el objeto materia de esta disciplina, debiéndose entender el término Derecho Aéreo como Derecho de la navegación aérea”.
 
 
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Libro La OACI y la CLAC en el desarrollo del Transporte Aéreo en la Región, Homenaje al Cincuentenario de la OACI, de Julián Palacin Fernández, editado por la Comisión Interamericana de Juristas Expertos en Derecho Aéreo y Espacial (CIJEDAE).
 
“Cabe agregar, que como destacados juristas como Federico Videla Escalada (+) de Argentina han preferido la denominación Derecho Aeronáutico asignándole el mismo contenido a la materia, como lo hizo ya en 1909, el jurista francés Andrés Henry Couannier, quien adoptó la denominación Derecho Aéreo, en el año en que fue fundada la Escuela Superior de Aeronáutica de Paris. Esta denominación que ha sido calificada de elegante y que se mantiene vigente en parte de la Doctrina, servirá a través de esta obra para identificar en forma más perfecta posible nuestra materia en toda su extensión”.
 
Por último, en el 2021 iremos comentando los libros de Derecho Aéreo, Curso de Postgrado en Derecho Aéreo y Espacial, Tomo I, II y III, la OACI y la CLAC en el Desarrollo del Transporte Aéreo en la Región y el Libro Línea Aérea de Bandera de bajo costo del autor Julián Palacin Fernández, máximo representante del pensamiento de la Doctrina peruana de Derecho Aéreo del Perú en este siglo 1911-2011.
 
 

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Libro Línea Aérea de Bandera de bajo costo, de Julián Palacin Fernández, editado por Aeronoticias.
 
Fuente: Libro Curso de Post Grado en Derecho Aéreo y Espacial, Tomo I, pag. 9 y 10, editado por la Comisión Interamericana de Juristas Expertos en Derecho Aéreo y Espacial (CIJEDAE), Lima 1991.