TC fallará sobre liquidación dolosa de Aeroperú

COMUNICADO


A los honorables integrantes del Tribunal Constitucional

A la opinión pública peruana.

El día 16 de Diciembre 2009, a las 09:30 am., el Tribunal Constitucional de la República verá la causa sobre la inconstitucionalidad de los hechos pretendidamente jurídicos que han buscado la desaparición de la Línea Aérea de bandera de nuestro país, AEROPERÚ.


Se llega a esta instancia después de diez años de interminable proceso en el que la ilegal determinación de los socios mayoritarios (Aeroméxico, que adquirió la empresa dentro del proceso de privatización) de dejar de volar y cubrir las rutas de la compañía, y declarar la insolvencia para reclamar luego la liquidación y el remate doloso de los activos, ha sido sostenida en normas ad hoc, contrarias a la Constitución y en la actuación dolosa de magistrados que violaron el debido proceso, fallaron prevaricadoramente y dilataron el procedimiento hasta el infinito en perjuicio de la parte que había planteado la demanda.

Seis son los hechos que fundamentan la necesidad de que el Tribunal Constitucional declare la inconstitucionalidad de todo el proceso referido al caso AEROPERÚ:

1.    AEROPERÚ es una empresa creada por la Ley 20030, que no ha sido derogada ni modificada, es decir que se mantiene vigente, y que en su artículo 30 explícitamente define que: “solo podrá ser Disuelta mediante Ley expresa, que fijara el procedimiento para su liquidación”. Por tanto los jueces que vieron el caso en sus diversas instancias debieron declarar la inconstitucionalidad de la pretensión de Aeroméxico y de la intervención de Indecopi complotados para la forzar la liquidación.
2.    Ante la posibilidad de que la Justicia fallara en el sentido de la ley, el gobierno de Fujimori, dictó un Decreto de Urgencia (029-2000), que según el texto explícito de la Constitución deberían referirse exclusivamente a asuntos económicos, ordenando que la Justicia se inhiba de conocer los casos de insolvencia y liquidación. O sea se aplicó un Decreto de Urgencia a un tema que no era su materia.
3.    Para subsanar el problema creado por la falsa “Urgencia”, se aprobó la Ley 27295, que tenía nombre propio ya que se refería exclusivamente al caso AEROPERÚ, pero aún así era inaplicable porque las leyes no pueden ser retroactivas y condicionar procesos ya iniciados.
4.    La Ley 27295 sirve además para crear un falso Fuero Privativo a favor del INDECOPI pretendiendo establecer la Incompetencia del Poder Judicial en los Procesos de garantías civiles en contra de Procesos Concúrsales. Este falso fuero ha sido declarado anticonstitucional por el Tribunal Constitucional,
5.    En la vía regular se definió efectivamente, por decisión de todas las instancias, incluida la Corte Suprema la improcedencia del pedido de Aeroméxico para que el Poder Judicial se inhiba en este caso, con el respaldo del Decreto 029. El 20 de julio del año 2000 se declaró improcedente el recurso, lo que agotaba l procedimiento y constituía sentencia firme. Sin embargo contraviniendo todo el orden legal, otro juez de primera instancia declara la incompetencia de la Justicia y abriendo otro ciclo en el que se ha ido violando sucesivamente los derechos constitucionales, al sentenciar sobre cosa juzgada.
6.    Finalmente no se puede excluir de este rosario de atropellos, el hecho que se haya dejado correr el tiempo sin resolver, estando de por medio un conjunto de bienes públicos: soberanía aérea (ahora abandonada); valor de las rutas comerciales (aprovechadas por extranjeros) derechos del Estado como accionista minoritario; derechos de los trabajadores; etc., lo que configura una violación constitucional adicional.

Pro todo estos motivos confiamos que el Tribunal Constitucional declarará la razón de nuestra demanda y restablecerá el principio de prevalencia de la Constitución y la Ley. Para nuestro pueblo además esta es la ocasión de decir que la aspiración de contar con una línea nacional de bandera, que recorra nuestros cielos y nos conecte con el mundo  debe alcanzarse a través de la recuperación de AEROPERÚ, con la inyección de nuevos capitales y restablecimiento del derecho de explotación de las rutas locales e internacionales. Esto es posible, si se impone la ley y si reafirmamos nuestro amor de ser peruanos.