Perú-Chile: arbitraje contra las engañifas
![]() |
por Herbert Mujica Rojas
“El artículo duodécimo del tratado a la letra dice: “Para el caso en que los Gobiernos del Perú y de Chile, no estuvieran de acuerdo en la interpretación que den a cada una de las diferentes disposiciones de este tratado y en que, a pesar de su buena voluntad, o no pudieran ponerse de acuerdo, decidirá el Presidente de los Estados Unidos de América la controversia".