Pasajes no se perderían por ausencia al vuelo
 
aeropuerto_atencion.jpgEn la actualidad si una persona compra un boleto aereo y, por cuestiones del destino, no llega a realizar el viaje pierde el vuelo de retorno. Ahora un proyecto de ley prevea que se prohíba la pérdida del tramo de regreso.

La Comisión de Transportes aprobó un proyecto de ley para que el Código de Defensa del Consumidor contemple una nueva disposición que prohíba la pérdida del tramo de regreso en los pasajes aéreos cuando el usuario no haya podido realizar el viaje de ida.
 
La autora de la iniciativa, la congresista, Alda Lazo, explicó que actualmente si una persona adquiere un pasaje de ida y vuelta, cualquiera que fuera el destino, si el comprador no hizo el viaje de ida –ya sea porque llegó tarde u otro motivo–, automáticamente pierde el vuelo de retorno.

Lazo detalló que dicha norma, aprobada por unanimidad en la citada comisión, solo regiría para los vuelos nacionales. Espera que el próximo miercoles se acelere el debate y pueda ser vista en el Pleno.

La Comisión también acordó delegar a la Dirección General de Aeronáutica Civil la aprobación de las cláusulas generales bajo las cuales se celebrarán los contratos de compra y venta de los pasajes aéreos, así como la identificación de las cláusulas abusivas.

El 5 de setiembre pasado, el Poder Ejecutivo emitió un decreto de urgencia con el fin de eliminar la disposición que permitía el libre endoso, transferencia y postergación de los pasajes aéreos.

ENDOSO PENDIENTE

Tal posibilidad había generado el rechazo de la industria aerocomercial, que incluso advirtió el fin de las tarifas baratas y promociones en las rutas locales.


Sin embargo, el pasado 21 de setiembre, la Comisión de Defensa del Consumidor acordó derogar el decreto del Ejecutivo. El dictamen fue derivado a la Comisión de Constitución. Actualmente, un grupo de trabajo, presidido por el congresista Mauricio Mulder, está evaluando si la norma del Ejecutivo es constitucional o no.

Fuente: Perú21