Gobierno crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo

El Gobierno creó el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo para el nivel superior de educación, que estará cargo del ministerio del sector y que incorporará en su ámbito las becas nacionales e internacionales creadas en virtud a otras leyes.

Este nuevo programa, creado por Ley 29837, otorgará becas de pregrado para financiar estudios en universidades públicas o privadas nacionales y extranjeras, así como estudios técnicos en institutos nacionales de educación superior tecnológica públicos o privados.

Las becas serán otorgadas a estudiantes egresados de secundaria con alto rendimiento académico y bajos recursos económicos, con énfasis en carreras vinculadas al desarrollo científico y tecnológico del país.

También se darán becas de posgrado para financiar estudios de graduados con alto rendimiento e insuficientes recursos económicos en universidades peruanas y extranjeras, públicas o privadas, con énfasis en carreras vinculadas al desarrollo científico y tecnológico.

Asimismo, este programa otorgará créditos educativos para financiar total o parcialmente, de manera reembolsable, estudios de pregrado y postgrado para alumnos con alto rendimiento académico e insuficientes recursos económicos, en institutos de educación superior tecnológica y universidades nacionales o extranjeras, públicas o privadas.

Conformarán el Consejo Directivo de este programa representantes del Ministerio de Educación, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio de Trabajo y de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.

Asimismo, lo integrarán representantes de las universidades acreditadas por los organismos competentes del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico y del Ministerio de Salud.

Este programa será financiado por el presupuesto del Ministerio de Educación, el que propiciará la participación del sector privado y de instituciones nacionales e internacionales con la finalidad de ampliar la cobertura.

La Ley 29837, publicada hoy en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, indica que el reglamento de la misma debe ser aprobado en un plazo de 45 días contados a partir de mañana.

Andina.