luis miguel llanos carrilloEl Poder Judicial rectificó su decisión y resolvió no abrir proceso contra el ciudadano Luis Miguel Llanos Carrillo, quien fue acusado de homicidio, al considerar que actuó en defensa propia al disparar su arma de fuego contra cuatro sujetos que lo atacaron, dos de los cuales perecieron.

La magistrada Fernanda Isabel Ayasta Nassif, a cargo del 25.º Juzgado Penal de Lima, señala 
que es evidente que la conducta de Llanos Carrillo se produjo en circunstancias de “una perfecta legítima defensa”, por haber actuado en defensa de su propia integridad física y la de su enamorada, Andrea Voto-Bernales Larraín.

Precisó que la agresión ilegítima de los asaltantes no fue provocada por el citado denunciado, existiendo una necesidad racional del medio empleado para repeler el ataque, pues en la situación, era la única forma en que podía defenderse de la agresión ilegítima de la que era víctima, no existiendo un exceso en la defensa.

La posibilidad de proceso contra Llanos estaba causando preocupación en la opinión pública, pues en un momento de defensa por ataque delincuencial no es fácil dosificar la reacción, que debe ser veloz para salvar la vida o la integridad física. Además, en caso de exceso no es el agredido el causante de la reacción, sino el agresor.